Resolución núm. 66 EXENTA, publicada el 25 de Febrero de 2015. ANTEPROYECTO DE PLAN DE DESCONTAMINACIÓN ATMOSFÉRICA POR MP10 PARA LA ZONA SATURADA DE COYHAIQUE
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE |
Rango de Ley | Resolución |
ANTEPROYECTO DE PLAN DE DESCONTAMINACIÓN ATMOSFÉRICA POR MP10 PARA LA ZONA SATURADA DE COYHAIQUE
Por resolución exenta Nº 66, del 12 de febrero de 2015, del Ministerio del Medio Ambiente, se aprobó el anteproyecto mencionado y se ordenó someterlo a consulta.
La misma resolución ordena publicarlo en extracto que es del tenor siguiente:
Zona Impactada: Los límites geográficos de la zona saturada son los siguientes: La delimitación de la Zona Saturada inicia en el Río Simpson (vértice 1: UTM E= 723486,04; UTM N = 4943078,20), luego se extiende hacia el Este hasta el Cerro Castillo (vértice 2: UTM E = 731818,56; UTM N = 4943603,91). Luego, sigue en dirección hacia el Noreste llegando a la intersección con el cruce R240/x-589 (vértice 3: UTM E = 739907,45; UTM N = 4951444,12). Sigue hacia el Noroeste hasta llegar a la Laguna Verde (vértice 4: UTM E = 731661,85; UTM N = 4953758,26). Continúa hacia el Noroeste hasta la Central Eólica Alto Baguales (vértice 5: UTM E = 725844,61; UTM N = 4954413,09), finalmente, se extiende hacia el suroeste alcanzando al vértice 1, el cual corresponde al Río Simpson.
Objetivo: Dar cumplimiento a la norma primaria de calidad ambiental para material particulado respirable MP10 en un plazo de 10 años. Considerando el año 2010 como año base para estimar la reducción de emisiones necesarias, y un horizonte de 10 años para implementar la reducción de concentraciones, a partir de la dictación del Plan.
Se establece como meta salir del estado de saturación para MP10 es decir, para el cumplimiento de la Norma de MP10 diaria, se debe lograr un valor de percentil 98 para la norma de 24 horas inferior al estado de saturación; 149 µg/m3. En el caso de la Norma de MP10 anual, el promedio de datos de los últimos 3 años consecutivos debe ser menor a 49 µg/m3, para salir del estado de saturación.
Resumen de las medidas:
REGULACIÓN PARA EL CONTROL DE EMISIONES ASOCIADAS A CALEFACCIÓN DOMICILIARIA
El Anteproyecto del PDA pone especial énfasis en la reducción de emisiones provenientes de la calefacción domiciliaria en consideración a sus aportes en emisiones de MP10 que corresponde al 94% del total de las emisiones de la zona saturada.
Regulación referida al uso y mejoramiento de la calidad de la leña:
. Se entregará leña con bajo porcentaje de humedad a familias vulnerables de la comuna de Coyhaique.
. Se creará un registro de comerciantes de leña al cual se dará difusión a la comunidad.
. Los comerciantes de leña deberán informar al consumidor respecto de parámetros relevantes al momento de la compra.
. Información pública y disponible de los puntos de venta de leña que cuenten con leña seca.
. Programas de apoyo para producción de leña seca dirigido a productores y comerciantes de...
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