Resolución núm. 65 EXENTA, publicada el 28 de Agosto de 2023. EJECUTA ACUERDO N° 7, ADOPTADO EN LA SESIÓN N° 33 DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL COMITÉ, QUE MODIFICA EL REGLAMENTO DEL INSTRUMENTO DENOMINADO 'PROMOCIÓN Y CANALES DE COMERCIALIZACIÓN', EN LOS ASPECTOS QUE INDICA - MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 942018533

Resolución núm. 65 EXENTA, publicada el 28 de Agosto de 2023. EJECUTA ACUERDO N° 7, ADOPTADO EN LA SESIÓN N° 33 DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL COMITÉ, QUE MODIFICA EL REGLAMENTO DEL INSTRUMENTO DENOMINADO 'PROMOCIÓN Y CANALES DE COMERCIALIZACIÓN', EN LOS ASPECTOS QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Rango de LeyResolución

EJECUTA ACUERDO N° 7, ADOPTADO EN LA SESIÓN N° 33 DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL COMITÉ, QUE MODIFICA EL REGLAMENTO DEL INSTRUMENTO DENOMINADO "PROMOCIÓN Y CANALES DE COMERCIALIZACIÓN", EN LOS ASPECTOS QUE INDICA

Núm. 65.- Valdivia, 21 de agosto de 2023.

Visto:

  1. La Ley N° 6.640, que creó la Corporación de Fomento de la Producción; el DFL N° 211, de 1960, del Ministerio de Hacienda, que fija normas por las que se regirá Corfo.

  2. El Reglamento General de Corfo, aprobado por decreto N° 360, de 1945, del Ministerio de Economía; la resolución (A) N° 51, de fecha 7 de mayo de 2015, tomada razón por la Contraloría General de la República el día 5 de junio del mismo año, que aprobó el reglamento del Comité de Desarrollo Productivo de la Región de Los Ríos, en adelante "El Comité" o "CDPR", y sus modificaciones mediante resolución (A) N° 143, de 2015, resolución (A) N° 50, de 2017, y resolución (A) N° 174, de 2018, resolución (A) N° 63, de 2019 y resolución (A) N° 61 de 2022, todas de Corfo.

  3. La resolución TRA N° 121498/8/2022, de 2022, del Comité, que aprueba contrato de trabajo y asigna la función de Director Ejecutivo del Comité de Desarrollo Productivo Regional de Los Ríos a don Pablo Díaz Barraza.

  4. Lo establecido en las resolución N° 7 de 2019, y la resolución N° 14 de 2022, ambas de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón y determina los montos a partir de los cuales los actos quedarán sujetos a toma de razón y a controles de reemplazo cuando corresponda, respectivamente.

    Considerando:

  5. La resolución (A) N° 51, de 2015, del Vicepresidente Ejecutivo de Corfo, que puso en ejecución el Acuerdo de Consejo N° 2.868, de 2015, que crea los Comités de Desarrollo Productivo Regional y aprueba texto del Reglamento del "Comité de Desarrollo Productivo Regional de Los Ríos", modificado por la resolución (A) N° 143, de 2015, por la resolución (A) N° 50, de 2017, por la resolución (A), N° 174, de 2018, por la resolución (A) N° 63, de 2019, y resolución (E) N° 58 de 2022, todas de Corfo y, en particular, su artículo 6°, letra a), que faculta a su Consejo Directivo para "crear, previa visación del Vicepresidente Ejecutivo de Corfo, los instrumentos de apoyo que estime adecuados para el cumplimiento de sus fines."

  6. El Acuerdo adoptado por el Consejo Directivo del Comité de Desarrollo Productivo Regional de Los Ríos, en Sesión N° 05, celebrada el 17 de marzo de 2016, que aprobó la creación del...

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