Resolución núm. 645 EXENTA, publicada el 18 de Agosto de 2020. AUTORIZA COMERCIALIZACIÓN DE PRODUCTOS DE TABACO QUE INDICA - MINISTERIO DE SALUD - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 847284730

Resolución núm. 645 EXENTA, publicada el 18 de Agosto de 2020. AUTORIZA COMERCIALIZACIÓN DE PRODUCTOS DE TABACO QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE SALUD
Rango de LeyResolución

AUTORIZA COMERCIALIZACIÓN DE PRODUCTOS DE TABACO QUE INDICA

Núm. 645 exenta.- Santiago, 10 de agosto de 2020.

Visto:

Lo dispuesto en el artículo 90º, inciso segundo, del Código Sanitario, aprobado por DFL Nº 725, de 1967, del Ministerio de Salud; en el decreto con fuerza de ley Nº1, de 2005, del Ministerio de Salud; en el decreto supremo Nº 136, de 2004, del Ministerio de Salud, Reglamento Orgánico de esta Secretaría de Estado; en el artículo 17º del decreto ley Nº 828, de 1974, del Ministerio de Hacienda; en la ley Nº 19.419, modificada por la ley Nº 20.105 y ley Nº 20.660, y lo establecido en la resolución Nº 7 de 2019, de Contraloría General de la República, y

Considerando:

  1. Que, se ha solicitado a este Ministerio la autorización para la comercialización de productos de tabaco de la marca Rothmans, en su variante Blue (en cajetilla dura de 20 unidades), comercializada por la Empresa British American Tobacco Chile Operaciones S.A., RUT Nº 90.268.000-2.

  2. Que, evaluados los antecedentes aportados por dicha empresa y evacuado el informe técnico pertinente por parte de la Oficina de Tabaco de la División de Políticas Públicas Saludables y Promoción del Ministerio de Salud, se ha considerado que la solicitud en análisis es favorable.

  3. Que, la empresa solicitante cumple los requisitos del decreto ley Nº 828, de 1974, del Ministerio de Hacienda, que Establece Normas para el Cultivo, Elaboración, Comercialización e Impuestos que Afectan al Tabaco.

  4. Que, la letra d), del artículo 17º, del decreto ley Nº 828, de 1974, del Ministerio de Hacienda, que Establece Normas para el Cultivo, Elaboración, Comercialización e Impuestos que afectan al Tabaco, dispone como requisito para la comercialización de productos de tabaco la obtención de una resolución del Ministerio de Salud para que dichos productos puedan ser extraídos de la aduana o de las fábricas según corresponda.

  5. Que, conforme y en mérito de lo anterior, dicto la siguiente:

    Resolución:

  6. Autorízase a la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR