Resolución núm. 625 EXENTA, publicada el 03 de Junio de 2020. FORMALIZA DESIGNACIÓN DE INTEGRANTE DEL CONSEJO DE FOMENTO DE LA MÚSICA NACIONAL - MINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 917971781

Resolución núm. 625 EXENTA, publicada el 03 de Junio de 2020. FORMALIZA DESIGNACIÓN DE INTEGRANTE DEL CONSEJO DE FOMENTO DE LA MÚSICA NACIONAL

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO
Rango de LeyResolución

FORMALIZA DESIGNACIÓN DE INTEGRANTE DEL CONSEJO DE FOMENTO DE LA MÚSICA NACIONAL

Núm. 625 exenta.- Valparaíso, 28 de mayo de 2020.

Visto:

Lo dispuesto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la ley N° 19.880, sobre Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de la Administración del Estado; en la ley N° 21.045, que crea el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio; en la ley N° 19.928 sobre Fomento de la Música Chilena y su reglamento; en la resolución N° 6, de 2019, de Contraloría General de la República, sobre exención del trámite de Toma de Razón; en la resolución exenta N° 2.461, de 2017, del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes, que designa integrante del Consejo de Fomento de la Música Nacional; y en la resolución exenta N° 892, de 2019, de la Subsecretaría de las Culturas y las Artes, que formaliza renuncia y designa integrante del Consejo de Fomento de la Música Nacional.

Considerando:

Que la ley N° 21.045 creó el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio como la Secretaría de Estado encargada de colaborar con el Presidente de la República en el diseño, formulación e implementación de políticas, planes y programas para contribuir al desarrollo cultural y patrimonial armónico y equitativo del país en toda su diversidad geográfica y las realidades e identidades regionales y locales, conforme a los principios contemplados en la ley.

Que, asimismo, el artículo 3 numeral 1 de la ley, establece como función del Ministerio promover y contribuir al desarrollo de la creación artística y cultural, fomentando la creación, producción, mediación, circulación, distribución y difusión de los diversos ámbitos culturales, entre ellos, de la música.

Que la ley N° 19.928, sobre Fomento de la Música Chilena, creó el Fondo para el Fomento de la Música Nacional, el que, administrado por el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, tiene por objeto el financiamiento de las actividades y objetivos del Consejo de Fomento de la Música Nacional, el que, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 10 de la ley N° 21.045, forma parte de la...

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