Resolución núm. 6203 EXENTA, publicada el 10 de Enero de 2015. ABRE PERÍODO DE INFORMACIÓN PÚBLICA EN PROCEDIMIENTO DE RÉGIMEN DE CONTROL APLICABLE RESPECTO DE LOS PRODUCTOS ZYADE CÁPSULAS BLANDAS, ZYADE UV FACTOR CÁPSULAS BLANDAS, LYPNESS CÁPSULAS, LYPNESS BEBIDA, AMINOLAST, SLIMPATCH, CARIDERM P1G10 CÁPSULAS Y CARIDERM P1G10 CREMA - MINISTERIO DE SALUD - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 552295762

Resolución núm. 6203 EXENTA, publicada el 10 de Enero de 2015. ABRE PERÍODO DE INFORMACIÓN PÚBLICA EN PROCEDIMIENTO DE RÉGIMEN DE CONTROL APLICABLE RESPECTO DE LOS PRODUCTOS ZYADE CÁPSULAS BLANDAS, ZYADE UV FACTOR CÁPSULAS BLANDAS, LYPNESS CÁPSULAS, LYPNESS BEBIDA, AMINOLAST, SLIMPATCH, CARIDERM P1G10 CÁPSULAS Y CARIDERM P1G10 CREMA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE SALUD
Rango de LeyResolución

ABRE PERÍODO DE INFORMACIÓN PÚBLICA EN PROCEDIMIENTO DE RÉGIMEN DE CONTROL APLICABLE RESPECTO DE LOS PRODUCTOS ZYADE CÁPSULAS BLANDAS, ZYADE UV FACTOR CÁPSULAS BLANDAS, LYPNESS CÁPSULAS, LYPNESS BEBIDA, AMINOLAST, SLIMPATCH, CARIDERM P1G10 CÁPSULAS Y CARIDERM P1G10 CREMA

Núm. 6.203 exenta.- Santiago, 23 de diciembre de 2014.- Vistos: El ordinario Nº6.767, de fecha 30 de agosto de 2013, de la Seremi de Salud Región Metropolitana, mediante el cual se requiere determinar el régimen que corresponde aplicar a una serie de productos de la empresa Nutrapharm S.A., entre ellos Zyade Cápsulas Blandas y Lypness Cápsulas (referencia Nº 5170/13); el ordinario Nº B34/3133, de 13 septiembre de 2013, de la Subsecretaría de Salud Pública, en que se requiere que se determine el régimen que corresponde aplicar al producto Aminolast (referencia Nº 5321/13); el memorando Nº 379, de fecha 13 de noviembre de 2013, del Subdepartamento de Inspecciones, en que se solicita evaluar y determinar régimen de control a aplicar a Slimpatch (referencia Nº 5562/13); la solicitud de régimen de control aplicable presentada por Abraham Schnaiderman y Compañía Ltda., para los productos Cariderm P1G10 Cápsulas y Cariderm P1G10 Crema (referencia Nº RE483823/13); los ordinarios Nº 855 y 854, ambos de fecha 10 de abril de 2014 y del Instituto de Salud Pública (ISP), mediante los cuales se requirieron a Nutrapharm S.A. antecedentes de los productos Zyade Cápsulas Blandas y Zyade UV Factor Cápsulas Blandas, y Lypness Cápsulas y Lypness Bebida, respectivamente; el ordinario Nº 175, de 18 de marzo de 2014, del ISP, por el que se solicitaron antecedentes adicionales a la empresa Abraham Schnaiderman y Compañía Ltda.; el Acta Nº 2/14 del Comité de Expertos Asesor en Régimen de Control Aplicable; lo dispuesto en el artículo 96º del Código Sanitario; decreto con fuerza de ley Núm. 1, de 2005, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley Núm. 2.763, de 1979, y de las leyes Núm. 18.933 y Núm. 18.469; artículos 7º, 8º y 9º del decreto supremo Nº 3, de 2010, del Ministerio de Salud; ley 19.880; resolución exenta Nº 4.023, de 2013, del Instituto de Salud Pública de Chile.

Considerando:

Primero: Que, con fecha 6 de agosto de 2014, tal como consta en el Acta Nº 2/14, ha sesionado el Comité de Expertos Asesor en Régimen de Control Aplicable, creado por la resolución exenta Nº 4.023, de 2013, del Instituto de Salud Pública de Chile.

Segundo: Que en dicha sesión fueron...

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