Resolución núm. 6156 EXENTA, publicada el 21 de Diciembre de 2016. PROHÍBE CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS EN VÍAS DE COMUNA DE MAIPÚ QUE INDICA, ESTABLECE VÍA EXCLUSIVA Y MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 1.536 EXENTA, DE 2016, DE SECRETARÍA REGIONAL MINISTERIAL DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES REGIÓN METROPOLITANA - MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 655945921

Resolución núm. 6156 EXENTA, publicada el 21 de Diciembre de 2016. PROHÍBE CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS EN VÍAS DE COMUNA DE MAIPÚ QUE INDICA, ESTABLECE VÍA EXCLUSIVA Y MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 1.536 EXENTA, DE 2016, DE SECRETARÍA REGIONAL MINISTERIAL DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES REGIÓN METROPOLITANA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyResolución

PROHÍBE CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS EN VÍAS DE COMUNA DE MAIPÚ QUE INDICA, ESTABLECE VÍA EXCLUSIVA Y MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 1.536 EXENTA, DE 2016, DE SECRETARÍA REGIONAL MINISTERIAL DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES REGIÓN METROPOLITANA

Núm. 6.156 exenta.- Santiago, 24 de noviembre de 2016.

Visto:

La ley Nº 18.059; las resoluciones Nº 39, de 1992 y Nº 59, de 1985, ambas del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; los artículos 2, 107 y 113 del DFL Nº 1, de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y Justicia, que fija el texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley de Tránsito; el decreto supremo Nº 83, de 1985 y sus modificaciones, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, relativo a Redes Viales Básicas; la resolución exenta Nº 347, de 1987, del mismo origen, y sus modificaciones posteriores; resolución exenta Nº 1.536, de 14 de abril de 2016, de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región Metropolitana; carta de 26 de octubre de 2016, de Constructora e Inversiones Vital Ltda.; la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, y la demás normativa vigente que resulte aplicable,

Considerando:

  1. - Que, mediante carta de 26 de octubre de 2016 Constructora e Inversiones Vital Ltda., en el marco de las obras denominadas: "Habilitación Corredor de Transporte Público Eje Vial Rinconada de Maipú", ha solicitado autorización para ejecutar trabajos de pavimentación de calzada sur de Rinconada, calzada poniente de Carmen y calles Chacabuco y República en los tramos que indica, desde 11 de noviembre de 2016 hasta 28 de febrero de 2017.

  2. - Que, esta Secretaría Regional, en el marco de sus facultades legales, debe disponer las medidas de gestión de tránsito necesarias para disminuir el impacto en el tránsito vehicular y, en especial, en el transporte público de pasajeros, por lo que resulta conveniente establecer transitoriamente en aquellas pistas y calzadas de las vías señaladas que no serán intervenidas por las obras, según su sentido de tránsito, vías de uso exclusivo para buses de transporte público urbano.

  3. - Que, según el numeral 48) del artículo del DFL Nº 1, de 2007, ya citado, vía exclusiva es una calzada debidamente señalizada, destinada únicamente al uso de ciertos vehículos, determinados por la autoridad correspondiente.

  4. - Que, asimismo como consecuencia de los trabajos descritos, resulta necesario modificar en...

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