Resolución núm. 614 EXENTA, publicada el 20 de Diciembre de 2023. DA INICIO A LA ELABORACIÓN DEL ANTEPROYECTO DEL PLAN SECTORIAL DE ADAPTACIÓN AL CAMBIO CLIMÁTICO DEL SECTOR SILVOAGROPECUARIO - MINISTERIO DE AGRICULTURA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 972741982

Resolución núm. 614 EXENTA, publicada el 20 de Diciembre de 2023. DA INICIO A LA ELABORACIÓN DEL ANTEPROYECTO DEL PLAN SECTORIAL DE ADAPTACIÓN AL CAMBIO CLIMÁTICO DEL SECTOR SILVOAGROPECUARIO

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE AGRICULTURA
Rango de LeyResolución

DA INICIO A LA ELABORACIÓN DEL ANTEPROYECTO DEL PLAN SECTORIAL DE ADAPTACIÓN AL CAMBIO CLIMÁTICO DEL SECTOR SILVOAGROPECUARIO

Núm. 614 exenta.- Santiago, 30 de octubre de 2023.

Vistos:

Lo dispuesto en la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; la ley Nº 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la administración del estado; el decreto con fuerza de ley Nº 294, de 1960, del Ministerio de Hacienda, que establece funciones y estructura del Ministerio de Agricultura; la Ley Nº 21.455, Marco de Cambio Climático; la ley Nº 19.147 que crea la Oficina de Estudios y Políticas Agrarias; el decreto supremo Nº 30 de 2017 del Ministerio de Relaciones Exteriores, que promulga el Acuerdo de París adoptado en la Vigésimo Primera Reunión de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático; el decreto supremo Nº 209 de 2022, del Ministerio de Relaciones Exteriores, que promulga el Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en asuntos ambientales en América Latina y El Caribe y su Anexo 1; la Ley Nº 20.500, sobre asociaciones y participación ciudadana en la gestión pública; y la resolución Nº 7 de 2019 de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.

Considerando:

  1. Que el Ministerio de Agricultura es la Secretaría de Estado encargada de fomentar, orientar y coordinar las industrias agropecuarias del país. Su acción está encaminada a obtener el aumento de la producción nacional, la protección de los recursos naturales renovables del ámbito silvoagropecuario y el mejoramiento de las condiciones de nutrición del pueblo, funciones que realiza mediante la articulación, seguimiento y coordinación de las políticas, programas y proyectos que se ejecutan a nivel ministerial o por medio de convenios con otras instituciones.

  2. Que, por su parte, la Oficina de Estudios y Políticas Agrarias -Odepa- es un servicio público centralizado, dependiente del Presidente de la República a través del Ministerio de Agricultura, creada mediante la Ley Nº 19.147, cuyo objeto es proporcionar información regional, nacional e internacional para que los distintos agentes involucrados en la actividad silvoagropecuaria adopten sus decisiones. Asimismo, constituye un servicio asesor y de apoyo a la gestión del Ministerio de Agricultura, colaborando en la elaboración de las...

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