Resolución núm. 6022 EXENTA, publicada el 25 de Octubre de 2022. MODIFICA LA RESOLUCIÓN N° 4.590/2021 EXENTA, QUE ESTABLECE EXIGENCIAS SANITARIAS PARA LA IMPORTACIÓN A CHILE DE ANIMALES TAXIDERMIZADOS DE LAS ESPECIES QUE INDICA - MINISTERIO DE AGRICULTURA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 913268730

Resolución núm. 6022 EXENTA, publicada el 25 de Octubre de 2022. MODIFICA LA RESOLUCIÓN N° 4.590/2021 EXENTA, QUE ESTABLECE EXIGENCIAS SANITARIAS PARA LA IMPORTACIÓN A CHILE DE ANIMALES TAXIDERMIZADOS DE LAS ESPECIES QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE AGRICULTURA
Rango de LeyResolución

MODIFICA LA RESOLUCIÓN N° 4.590/2021 EXENTA, QUE ESTABLECE EXIGENCIAS SANITARIAS PARA LA IMPORTACIÓN A CHILE DE ANIMALES TAXIDERMIZADOS DE LAS ESPECIES QUE INDICA

Núm. 6.022 exenta.- Santiago, 17 de octubre de 2022.

Vistos:

Lo dispuesto en la ley N° 18.755, Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero; la ley N° 18.164, que introduce modificaciones a la legislación aduanera; lo señalado en el DFL RRA N° 16, de 1963, del Ministerio de Hacienda, sobre sanidad y protección animal; el decreto N° 16, de 1995, del Ministerio de Relaciones Exteriores, que promulga el "Acuerdo de Marrakech" por el que se establece la Organización Mundial del Comercio y los acuerdos anexos, entre ellos, el de la aplicación de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias; el decreto N° 66, de 2022, del Ministerio de Agricultura, que establece orden de subrogación del Director Nacional del Servicio Agrícola y Ganadero; la resolución N° 4.590, de 2021, que establece exigencias sanitarias para la importación a Chile de animales taxidermizados de las especies que indica; la resolución N° 3.601, de 2017, que declara país libre de influenza aviar; las recomendaciones del Código Sanitario para los Animales Terrestres de la Organización Mundial de Sanidad Animal; y la resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que establece actos administrativos exentos del trámite de Toma de Razón.

Considerando:

  1. Que, el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG), es la autoridad oficial de Chile, encargada de velar por el patrimonio fito y zoosanitario del país, contribuyendo al desarrollo de la ganadería, mediante la protección, mantención y mejoramiento de la sanidad animal.

  2. Que, bajo este marco, el SAG está facultado para adoptar las medidas tendientes a evitar la introducción al territorio nacional de agentes infecciosos que puedan afectar la sanidad animal.

  3. Que, Chile, como miembro de la Organización Mundial del Comercio (OMC), requiere adecuar y armonizar sus regulaciones nacionales a los estándares establecidos por la Organización Mundial de Sanidad Animal (OMSA), organismo internacional de referencia, del cual Chile también es parte.

  4. Que, es necesario actualizar las regulaciones nacionales en el ámbito de las condiciones sanitarias que deben cumplir los animales taxidermizados para ingresar a Chile, de acuerdo a la información técnica disponible y las recomendaciones de los organismos internacionales de referencia.

  5. Que, es necesario establecer el alcance de esta...

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