Resolución núm. 5769 EXENTA, publicada el 04 de Noviembre de 2017. MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 9.219 EXENTA, DE 2014, DE EDUCACIÓN; QUE DELEGA EN LAS PERSONAS QUE INDICA LA FACULTAD DE FIRMA DE RESPUESTAS DE SOLICITUDES DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, LEY Nº 20.285 - MINISTERIO DE EDUCACIÓN - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 696116629

Resolución núm. 5769 EXENTA, publicada el 04 de Noviembre de 2017. MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 9.219 EXENTA, DE 2014, DE EDUCACIÓN; QUE DELEGA EN LAS PERSONAS QUE INDICA LA FACULTAD DE FIRMA DE RESPUESTAS DE SOLICITUDES DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, LEY Nº 20.285

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE EDUCACIÓN
Rango de LeyResolución

MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 9.219 EXENTA, DE 2014, DE EDUCACIÓN; QUE DELEGA EN LAS PERSONAS QUE INDICA LA FACULTAD DE FIRMA DE RESPUESTAS DE SOLICITUDES DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, LEY Nº 20.285

Núm. 5.769 exenta.- Santiago, 26 de octubre de 2017.

Vistos:

Lo dispuesto en el decreto supremo Nº 100, de 2005, que Fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Constitución Política de la República de Chile; en la Ley Nº 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en la Ley Nº 19.956, que Reestructura el Ministerio de Educación, y sus modificaciones; en la Ley Nº 20.285, sobre Acceso a la Información Pública, y su reglamento; en el DFL Nº 1/19.653 de 2000 que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la resolución exenta Nº 9.219, de 2014, de Educación; en la resolución exenta Nº 5.494 de 2015, de Educación; en la Instrucción General Nº 10 del Consejo para la Transparencia; en la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, y

Considerando:

Que, el artículo 3º de la ley Nº 20.285 establece que la función pública debe ejercerse con transparencia, de modo que permita y promueva el conocimiento de los procedimientos, contenidos y decisiones que se adopten en ejercicio de ella.

Que, los artículos 14 y 16 de la norma antes citada, obligan a dar respuesta a las solicitudes de acceso a la información pública, a la autoridad, jefatura o jefe superior del órgano o servicio correspondiente. En este caso, al (la) Sr(a). Subsecretario(a) de Educación.

Que, el artículo 41 del DFL Nº 1/19.653 de 2000 que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; establece que el ejercicio de las atribuciones y facultades propias podrá ser delegado, bajo las condiciones que indica.

Que la resolución exenta Nº 9.219, de 2014, de Educación, delega la facultad de firma "por orden de la Subsecretaria de Educación", respecto de las materias que expresamente señala, de conformidad a la Ley Nº 20.285, en la Coordinadora Nacional de Transparencia, y como subrogante, en la persona que indica.

Que, la resolución exenta Nº 5.494, de 2015, de Educación, modifica la anteriormente citada, estableciendo en el último orden de subrogación a una profesional...

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