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Resolucion núm. 572 EXENTA, el 06 de Mayo de 2004. AUTORIZA ENRIQUECIMIENTO DE PRODUCTO ALIMENTICIO QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE SALUD
Rango de LeyResolución

AUTORIZA ENRIQUECIMIENTO DE PRODUCTO ALIMENTICIO QUE INDICA

Núm. 572 exenta.- Santiago, 28 de abril de 2004.- Visto: lo dispuesto en los artículos 106, letra g) y 120, letra g), ambos del decreto supremo Nº 977 de 1996, del Ministerio de Salud, que aprueba el Reglamento Sanitario de los Alimentos.

Considerando: Lo solicitado por la empresa ICB S.A., en su presentación de fecha 22/03/04, y Teniendo presente: las facultades que me confieren los artículos y , del decreto ley Nº 2.763 de 1979, dicto la siguiente,

R e s o l u c i ó n:

Autorízase el enriquecimiento del producto alimenticio "Leche UAT", alimento que será importado a Chile por la empresa ICB S.A. en la forma que a continuación se indica, por cada 100 ml. de producto:

Leche entera líquida

Vitamina A, mcg ER 75

Vitamina D, mcg 0,75

Leche parcialmente descremada

Vitamina A, (mcgER) 75

Vitamina D, mcg 1

Anótese, publíquese y comuníquese.- Pedro García Aspillaga, Ministro de Salud.

Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda a usted, Antonio Infante Barros...

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