Resolución núm. 553 EXENTA, publicada el 14 de Julio de 2016. REVOCA RESOLUCIÓN QUE INDICA Y DA INICIO A LA ELABORACIÓN DE LA NORMA SECUNDARIA DE CALIDAD AMBIENTAL PARA LA PROTECCIÓN DE LAS AGUAS DE LA CUENCA DEL RÍO HUASCO - MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 645057977

Resolución núm. 553 EXENTA, publicada el 14 de Julio de 2016. REVOCA RESOLUCIÓN QUE INDICA Y DA INICIO A LA ELABORACIÓN DE LA NORMA SECUNDARIA DE CALIDAD AMBIENTAL PARA LA PROTECCIÓN DE LAS AGUAS DE LA CUENCA DEL RÍO HUASCO

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE
Rango de LeyResolución

REVOCA RESOLUCIÓN QUE INDICA Y DA INICIO A LA ELABORACIÓN DE LA NORMA SECUNDARIA DE CALIDAD AMBIENTAL PARA LA PROTECCIÓN DE LAS AGUAS DE LA CUENCA DEL RÍO HUASCO

Núm. 553 exenta.- Santiago, 22 de junio de 2016.

Vistos:

Lo dispuesto en los artículos 3 y 5 de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; el artículo 61 de la Ley N° 19.880 que establece las Bases de los Procedimientos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; los artículos 32, 69 y el literal n) del artículo 70 de la Ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el decreto supremo N° 38 de 2013, del Ministerio del Medio Ambiente, que Aprueba el Reglamento para la Dictación de Normas de Calidad Ambiental y de Emisión; la resolución exenta N° 177, de 10 de marzo de 2016, del Ministerio del Medio Ambiente, que establece el Primer Programa de Regulación Ambiental, 2016 - 2017; el oficio Ord. N° 257, de 13 de mayo de 2016, de la Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente de la Región de Atacama; y en la resolución N° 1.600, de la Contraloría General de la República que fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón, y

Considerando:

  1. Que, de acuerdo a lo establecido por la Ley N° 19.300, al Ministerio del Medio Ambiente le corresponde coordinar la dictación de normas secundarias de calidad ambiental para regular la presencia de contaminantes en el medio ambiente, de manera de prevenir que éstos puedan significar o representar, por sus niveles, concentraciones y períodos, un riesgo para la protección o la conservación del medio ambiente, o la preservación de la naturaleza.

  2. Que el proceso para la dictación de la Norma Secundaria de Calidad Ambiental de la cuenca del río Huasco comenzó el día 18 de diciembre de 2006 mediante resolución exenta N° 3.403, de la Comisión Nacional del Medio Ambiente, antecesora legal del Ministerio del Medio Ambiente. Dicha resolución reconoce como fundamento inmediato el Acuerdo N° 273 del 21 de abril de 2005, por el cual el Consejo Directivo de la Comisión Nacional del Medio Ambiente aprobó el Décimo Programa Priorizado de Normas, en el que precisamente se incluye la referida norma.

  3. Que, mediante resolución exenta N° 1.238, de 17 de abril de 2008, la Comisión Nacional del Medio Ambiente aprobó el anteproyecto de norma. Su publicación en el Diario Oficial se efectuó el 2 de mayo de 2008; con dicha fecha se inició el proceso de consulta pública, el que se extendió hasta el 29 de julio del mismo año. Con posterioridad, se analizaron las observaciones recibidas y se elaboró un borrador de proyecto definitivo.

  4. Que, como lo disponía el artículo 15 del DS N° 93, de 1995, de la Comisión Nacional del Medio Ambiente, versión vigente en ese entonces del...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR