Resolución núm. 551, publicada el 30 de Noviembre de 2016. PROHÍBE CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS EN VÍA Y TRAMO QUE INDICA
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES |
Rango de Ley | Resolución |
PROHÍBE CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS EN VÍA Y TRAMO QUE INDICA
Núm. 551.- Copiapó, 3 de noviembre de 2016.
Visto:
Lo dispuesto en la ley Nº 18.059; los artículos 107º y 113º del DFL Nº 1 de 2007, de los Ministerios de Justicia, y de Transportes y Telecomunicaciones, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.290 de Tránsito; las resoluciones Nº 59 de 1985 y Nº 39 de 1992, ambas del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; el oficio INF Nº 3.299, de fecha 26 de octubre de 2016, de la Dirección de Tránsito y Transporte Público de la Ilustre Municipalidad de la Comuna de Vallenar; la resolución Nº 1.600, de 2008 de la Contraloría General de la República, y la demás normativa vigente que resulte aplicable.
Considerando:
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Que mediante oficio INF Nº 3.299 citado en Visto, el Director de Tránsito y Transporte Público Municipal de la Comuna de Vallenar, ha solicitado a esta autoridad regional, en el contexto de las obras de "Conservación Vial e Instalaciones de Veredas", la prohibición de circulación de todo tipo de vehículos motorizados, en calle Serrano, entre las calles Maule y Juan Verdaguer, Comuna de Vallenar.
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Que esta Secretaría Regional, en el marco de sus facultades legales, debe disponer las medidas de gestión de tránsito necesarias para disminuir el impacto en el tránsito vehicular.
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Que, el DFL Nº 1 de 2007 citado en vistos señala en sus artículos Nº 107 y Nº 113 inciso primero, respectivamente, que:
Los conductores tienen derecho a transitar en sus vehículos por las vías públicas, salvo las excepciones que establece esta ley y las medidas que, en contrario y en casos especiales, adopte la autoridad competente.
"El Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones podrá prohibir, por causa justificada, la circulación de todo vehículo o de tipos específicos de éstos, por determinadas vías públicas. Esta facultad será ejercitada de oficio o a petición de las Municipalidades o de la Dirección de Vialidad, según corresponda."
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Que en consecuencia, existe una causa justificada en los términos del artículo 113, del DFL Nº1, de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y Justicia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito para disponer las medidas que se establecen en la parte resolutiva del presente acto administrativo,
Resuelvo:
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Prohíbase la circulación de todo tipo de vehículos motorizados, en calle Serrano, entre las calles Maule y Juan...
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