Resolución núm. 550 EXENTA, publicada el 14 de Octubre de 2021. DEJA SIN EFECTO RESOLUCIÓN IF Nº 459 EXENTA, DE 2019 - MINISTERIO DE SALUD - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 876809786

Resolución núm. 550 EXENTA, publicada el 14 de Octubre de 2021. DEJA SIN EFECTO RESOLUCIÓN IF Nº 459 EXENTA, DE 2019

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE SALUD
Rango de LeyResolución

DEJA SIN EFECTO RESOLUCIÓN IF Nº 459 EXENTA, DE 2019

Núm. IF 550 exenta.- Santiago, 29 de septiembre de 2021.

Visto:

Lo dispuesto en los artículos 181, 183, 226 y demás pertinentes del DFL Nº 1, de 2005, del Ministerio de Salud; el decreto supremo Nº 58 de 2019, del Ministerio de Salud; la resolución Nº 7 de 2019, de la Contraloría General de la República; la resolución exenta IF/Nº 105, de 26 de abril de 2017, que autorizó la transferencia de la totalidad de los contratos de salud previsional y cartera de afiliados y beneficiarios de Isapre Masvida S.A. a Isapre Óptima S.A.; la resolución exenta IF/Nº 340, de 6 de noviembre de 2017, que ordenó el cierre del registro de la Isapre Másvida S.A. y hacer efectiva la garantía de la Isapre Másvida S.A. y proceder a su liquidación y pago; resolución exenta SS/Nº 752, de diciembre de 2018, y resolución exenta SS/Nº 701, de septiembre de 2021.

Considerando:

  1. - Que, la Intendencia de Fondos y Seguros Previsionales de Salud, a través de la resolución exenta IF/Nº 360, de fecha 17 de noviembre de 2017, constituyó la Comisión Liquidadora de la Garantía de la ex Isapre Másvida.

  2. - Que, el artículo 2231 del DFL Nº 1, de 2005, del Ministerio de Salud, faculta a esta Superintendencia para cancelar, mediante resolución fundada, el registro de una institución cuando su cartera de afiliados ha sido adquirida por otra u otras Isapres. En efecto, encontrándose Isapre Másvida en la referida situación, su registro fue cerrado mediante resolución exenta IF/Nº 340, de 6 de noviembre de 2017.

  3. - Que, mediante resolución exenta IF/Nº 459, de fecha 29 de mayo de 2019, se designó como Presidente de la Comisión Liquidadora al Sr. Osvaldo Varas Schuda, Jefe del Subdepartamento de Resolución de Conflictos, en su calidad de primer subrogante del Intendente de Fondos titular Sr. Manuel Segundo Rivera Sepúlveda, establecida por resolución exenta SS/Nº 752 del 20 de diciembre de 2018. Lo anterior, debido a que el Intendente titular manifestó su deber de abstención para asumir la presidencia de la Comisión Liquidadora, mediante memorándum IF/Nº 63 de diciembre de 2018.

  4. - Que, mediante resolución exenta SS/Nº 701 del 15 de septiembre de 2021, el Superintendente de Salud cambió el orden de subrogancia de la Intendencia de Fondos y Seguros Previsionales de Salud, dejando en el primer orden a quien suscribe esta resolución.

  5. - Que, como consecuencia natural de lo anterior, no afectándome inhabilidad alguna para asumir la...

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