Resolución núm. 55 EXENTA, publicada el 22 de Febrero de 2019. PRORROGA RESOLUCIÓN EXENTA N° 178/2018 QUE PROHÍBE CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS EN VÍA Y TRAMO QUE SEÑALA - MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 768009569

Resolución núm. 55 EXENTA, publicada el 22 de Febrero de 2019. PRORROGA RESOLUCIÓN EXENTA N° 178/2018 QUE PROHÍBE CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS EN VÍA Y TRAMO QUE SEÑALA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyResolución

PRORROGA RESOLUCIÓN EXENTA N° 178/2018 QUE PROHÍBE CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS EN VÍA Y TRAMO QUE SEÑALA

Núm. 55 exenta.- Copiapó, 1 de febrero de 2019.

Visto:

Lo dispuesto en la ley N° 18.059; en los artículos 107° y 113° del DFL N° 1 de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y de Justicia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.290 de Tránsito; las resoluciones N° 59 de 1985 y N° 39 de 1992, ambas del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Transportes; resoluciones exentas Nos 178 y 225, de fechas 27 de julio de 2018 y 4 de septiembre de 2018, respectivamente, de esta Secretaría Regional Ministerial; la solicitud ingresada mediante formulario de fecha 17 de enero de 2019 por la empresa Bitumix; la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República; y la demás normativa vigente que resulte aplicable,

Considerando:

  1. Que, mediante resolución exenta N° 178, de fecha 27 de julio de 2018, modificada por la resolución exenta N° 225, de fecha 4 de septiembre de 2018, citadas en el Visto, esta Secretaría Regional Ministerial prohibió la circulación de todo tipo de vehículos motorizados en vías y tramos que se indican de la provincia de Huasco, hasta el día 30 de enero de 2019, para la ejecución del proyecto de obra de mantención vial, denominado "Conservación Global Mixto por Nivel de Servicio y Precios Unitarios de Caminos de la Provincia de Huasco, Sector Poniente, Etapa II, Región de Atacama.".

  2. Que, mediante formulario de solicitud, con fecha 17 de enero de 2019, la empresa Bitumix ha solicitado a esta Secretaría Regional, la extensión del plazo de prohibición de circulación de vehículos motorizados respecto de los tramos indicados.

  3. Que, esta Secretaría Regional, en el marco de sus facultades legales, debe disponer las medidas de gestión de tránsito necesarias para disminuir el impacto en el tránsito vehicular.

  4. Que, en consecuencia, existe una causa justificada en los términos del artículo 113, del DFL N° 1, de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y de Justicia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito para disponer las medidas que se establecen en la parte resolutiva del presente acto administrativo.

    Resuelvo:

  5. Prorróguese hasta el 31 de julio de 2019, la prohibición de circulación de vehículos motorizados...

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