Resolución núm. 541, publicada el 16 de Agosto de 2022. AUTORIZA DELEGACIÓN DE FIRMA 'POR ORDEN DEL DIRECTOR/A NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL', AL SUBDIRECTOR/A DE ALTA DIRECCIÓN PÚBLICA Y SECRETARIO/A TÉCNICA DEL CONSEJO DE ALTA DIRECCIÓN PÚBLICA, EN LAS MATERIAS Y EN LOS TÉRMINOS QUE INDICA
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE HACIENDA |
Rango de Ley | Resolución |
AUTORIZA DELEGACIÓN DE FIRMA "POR ORDEN DEL DIRECTOR/A NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL", AL SUBDIRECTOR/A DE ALTA DIRECCIÓN PÚBLICA Y SECRETARIO/A TÉCNICA DEL CONSEJO DE ALTA DIRECCIÓN PÚBLICA, EN LAS MATERIAS Y EN LOS TÉRMINOS QUE INDICA
Núm. PIN-RE-00541-2022.- Santiago, 4 de agosto de 2022.
Vistos:
Lo dispuesto en los artículos Nos 7 y 63 N° 18, del decreto N° 100/2005 que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Constitución Política de la República de Chile; el DFL N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado (artículos 31 inc. 2°, 41 y 43); el DFL N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo; la ley N° 19.880, de 2003, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado (artículos N os 1, inc. 2°, 3, 7, 8 inc. 2°, 45 y 48 letra a); el Título III, Artículo 3, de la ley N° 19.882, Orgánica de la Dirección Nacional del Servicio Civil; el decreto supremo N° 427 de 2022, del Ministerio de Hacienda que nombra Director Nacional del Servicio Civil; las resoluciones N° 6 y 7 de 2019, de la Contraloría de la República, que establecen normas sobre exención del trámite de toma de razón;
Considerando:
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- Que, la Dirección Nacional del Servicio Civil, en adelante Servicio Civil, es un servicio público descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, que se relaciona con el Presidente de la República a través del Ministerio de Hacienda;
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- Que, el artículo 3° del artículo vigésimo sexto, del Título III de la ley 19.882, dispone que la dirección superior, la organización y la administración de la Dirección Nacional del Servicio Civil corresponderán a un director de exclusiva confianza del Presidente de la República, quien será el jefe superior del servicio y tendrá la autoridad, atribuciones y deberes inherentes a esa calidad. En conformidad con lo establecido en el artículo 31 de la ley N° 18.575, el director, con sujeción a la planta y la dotación máxima, establecerá su organización interna y determinará las denominaciones y funciones que correspondan a cada una de las unidades establecidas para el cumplimiento de...
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