Resolución núm. 515 EXENTA, publicada el 17 de Mayo de 2018. ADOPTA MEDIDAS DE EMERGENCIA SANITARIA PARA PROTEGER LA SALUD DE LA POBLACIÓN
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE SALUD |
Rango de Ley | Resolución |
ADOPTA MEDIDAS DE EMERGENCIA SANITARIA PARA PROTEGER LA SALUD DE LA POBLACIÓN
Núm. 515 exenta.- Coyhaique, 9 de mayo de 2018.
Vistos estos antecedentes:
-
Artículo 67 del Código Sanitario que establece que es deber de esta Secretaría Regional Ministerial de Salud velar por que se eliminen o controlen todos los factores, elementos o agentes del medio ambiente que afecten a la salud, la seguridad y bienestar de los habitantes.
-
Decreto N° 59, de fecha 26 de abril de 2018, del Ministerio de Salud, que decreta alerta sanitaria en la comuna de Coyhaique y otorga facultades extraordinarias a esta Secretaría Regional Ministerial de Salud.
-
Decreto N° 12, de enero de 2011, del Ministerio del Medio Ambiente, que establece Norma Primaria de Calidad Ambiental para Material Particulado Fino Respirable MP 2,5.
-
Decreto N° 39, de julio del año 2012, que Establece Normas de Emisión de Material Particulado, para los Artefactos que Combustionen o Puedan Combustionar Leña y Pellet de Madera.
-
Dictamen 25081, de 24 de abril de 2013, y resolución 1.600 de la Contraloría General de la República.
Considerando:
-
Que, en la ciudad de Coyhaique de la comuna de Coyhaique, perteneciente a la Región de Aysén, se han presentado episodios reiterados de superación de norma, cuyos niveles han dado origen a categorías de emergencia por contaminación atmosférica por los altos niveles de concentración de MP 2,5.
-
Que, de acuerdo a lo anterior y a lo expuesto en el decreto N° 12, de enero de 2011, del Ministerio del Medio Ambiente, se definen como niveles que originan situaciones de pre-emergencia ambiental para material particulado respirable MP 2,5, aquellos que en la concentración de 24 horas se encuentren dentro del rango 110-169 µg/m3 y, de situaciones de emergencia, dentro del rango 170 µg/m3 o superior.
-
Que, la exposición a altos niveles de MP 2,5 genera riesgos para la salud pública, pudiendo aumentar la susceptibilidad a enfermedades respiratorias en adultos mayores, niños, embarazadas y pacientes crónicos.
-
Que, el Código Sanitario y demás disposiciones aplicables otorgan facultades a la Seremi de Salud para tomar decisiones que contribuyan a disminuir factores de riesgo para la salud de la población, especialmente ante eventos que aumentan el riesgo de exposición a condiciones ambientales y sanitarias que afecten su integridad y bienestar.
-
Que, el decreto N° 59/2018, del Ministerio de Salud, declara Alerta Sanitaria por exposición a MP 2,5, en la comuna de Coyhaique y otorga una serie de facultades extraordinarias a la Secretaria Regional Ministerial de Salud de Aysén, entre ellas las siguientes:
-
Efectuar la contratación del personal de acuerdo a lo establecido en el artículo 10 del Código Sanitario, además de otros mecanismos de contratación previstos en la legislación vigente y realizar los traslados del personal que se requiera desde otras dependencias o establecimientos, mediante los correspondientes cometidos o comisiones de servicio.
-
Efectuar la adquisición directa de bienes, servicios o equipamiento que sean necesarios para el manejo de esta urgencia, la cual, de acuerdo a lo establecido en el artículo 8° letra c) de la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministros y Prestación de Servicios, quedará liberada de los procedimientos de licitación, sin perjuicio de su publicación posterior en el portal www.mercadopublico.cl.
-
Disponer la realización de trabajos extraordinarios para el personal de su dependencia, conforme a lo establecido en los artículos...
-
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba