Resolución núm. 5145 EXENTA, publicada el 17 de Octubre de 2023. SUSPENDE ASIGNACIÓN POR TRAMO DE DESARROLLO PROFESIONAL CONFORME A LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 19 P E INCISO FINAL DEL 88 C DEL DECRETO CON FUERZA DE LEY N° 1, DE 1996, DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, SEGÚN CORRESPONDA
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE EDUCACIÓN |
Rango de Ley | Resolución |
SUSPENDE ASIGNACIÓN POR TRAMO DE DESARROLLO PROFESIONAL CONFORME A LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 19 P E INCISO FINAL DEL 88 C DEL DECRETO CON FUERZA DE LEY N° 1, DE 1996, DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, SEGÚN CORRESPONDA
Núm. 5.145 exenta.- Santiago, 6 de octubre de 2023.
Visto:
Lo dispuesto en el decreto con fuerza de ley N° 1-19.653, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la ley N° 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la administración del Estado; en la ley N° 18.956, que reestructura el Ministerio de Educación Pública; en la ley N° 20.903, que crea el Sistema de Desarrollo Profesional Docente y modifica otras normas; en la ley N° 21.272, que suspende la realización de la Evaluación Docente, para el año 2020, debido a la pandemia mundial de COVID-19; en la ley N° 21.373, que suspende la realización de la Evaluación Docente, por el año 2021, debido a la pandemia mundial de COVID-19; en la ley N° 21.506, que suspende las evaluaciones de los profesionales de la educación durante el año 2022 y modifica las normas que indica; en la ley N° 19.628, sobre protección a la vida privada; en el decreto con fuerza de ley N° 1, de 1996, Ministerio de Educación, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 19.070, que aprobó el Estatuto de los Profesionales de la Educación, y de las leyes que la complementan y modifican; en el decreto con fuerza de ley N° 2, de 1998, del Ministerio de Educación; en el decreto ley N° 3.166, de 1980, del Ministerio de Educación; en los oficios ordinarios Nos. 010/330 y 010/405, ambos de 2023 y de la jefa del Centro de Perfeccionamiento, Experimentación e Investigaciones Pedagógicas y en la resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón, y
Considerando:
-
Que, la ley N° 20.903 modificó, entre otras normas, al decreto con fuerza de ley N° 1, de 1996, del Ministerio de Educación, en adelante Estatuto Docente, y creó un Sistema de Desarrollo Profesional Docente, el que tiene por objeto reconocer y promover el avance de los profesionales de la educación a que se refiere dicha norma, hasta un nivel esperado de desarrollo profesional;
-
Que, este Sistema está constituido, según lo prescrito en el inciso segundo del...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba