Resolución núm. 513 EXENTA, publicada el 03 de Marzo de 2023. REGULA SISTEMA ELECTRÓNICO DE INSCRIPCIÓN Y SELECCIÓN DE FAMILIAS, EN CUPOS DE VIVIENDA DESTINADOS A FAMILIAS VULNERABLES, EN PROYECTOS APROBADOS MEDIANTE EL PROGRAMA DE INTEGRACIÓN SOCIAL Y TERRITORIAL, DS N° 19 (V.Y U.) DE 2016 - MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 924045064

Resolución núm. 513 EXENTA, publicada el 03 de Marzo de 2023. REGULA SISTEMA ELECTRÓNICO DE INSCRIPCIÓN Y SELECCIÓN DE FAMILIAS, EN CUPOS DE VIVIENDA DESTINADOS A FAMILIAS VULNERABLES, EN PROYECTOS APROBADOS MEDIANTE EL PROGRAMA DE INTEGRACIÓN SOCIAL Y TERRITORIAL, DS N° 19 (V.Y U.) DE 2016

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
Rango de LeyResolución

REGULA SISTEMA ELECTRÓNICO DE INSCRIPCIÓN Y SELECCIÓN DE FAMILIAS, EN CUPOS DE VIVIENDA DESTINADOS A FAMILIAS VULNERABLES, EN PROYECTOS APROBADOS MEDIANTE EL PROGRAMA DE INTEGRACIÓN SOCIAL Y TERRITORIAL, DS N° 19 (V.Y U.) DE 2016

Santiago, 28 de febrero de 2023.- Hoy se resolvió lo que sigue:

Núm. 513 exenta.

Visto:

  1. El DS N° 19 (V. y U.), de 2016, que Reglamenta el Programa de Integración Social y Territorial, en especial lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 16° Incorporación de familias vulnerables y de sectores medios que cuentan con subsidio;

  2. La ley N° 21.450, sobre Integración Social en la Planificación Urbana, Gestión de Suelo y Plan de Emergencia Habitacional, y

  3. El Plan de Emergencia Habitacional que define lineamientos y ejes estratégicos a trabajar en su implementación.

Considerando:

  1. Que el artículo 16° del DS N° 19 (V. y U.), de 2016, que Reglamenta el Programa de Integración Social y Territorial, indica que mediante resoluciones del Ministro de Vivienda y Urbanismo se regulará un sistema electrónico de inscripción y selección para la inscripción de familias vulnerables en proyectos seleccionados del citado Programa. En este sistema podrán inscribirse directamente los beneficiarios de subsidios o concurrir a las oficinas del Serviu para tales efectos. En la resolución en que se disponga el llamado a inscripción se podrían definir las regiones o comunas en las que se aplicará;

  2. Que, la ley N° 21.450, sobre Integración Social en la Planificación Urbana, Gestión de Suelo y el Plan de Emergencia Habitacional, en especial lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley sobre Gestión de Suelo para la Integración Social y Urbana y Plan de Emergencia Habitacional, aprobada en su artículo cuarto, permite que el Ministerio de Vivienda y Urbanismo implemente medidas que permitan aumentar la productividad de sus procesos, entre otras;

  3. Que, asimismo la Ley sobre Gestión de Suelo para la Integración Social y Urbana y Plan de Emergencia Habitacional, define objetivos y ejes estratégicos, dentro de los cuales destacan "contribuir a la reducción del déficit habitacional", "recuperar el rol protagónico del Estado en la planificación y gestión habitacional" y "mejorar la atención de la ciudadanía"; en ese contexto se espera avanzar en la gestión de la demanda por parte del Estado en cuanto a la asignación de viviendas para familias vulnerables, en proyectos aprobados mediante el Programa de...

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