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Resolución núm. 508 EXENTA, publicada el 19 de Mayo de 2015. APLICA MEDIDAS SANITARAIS PARA LA CIUDAD DE OSORNO

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE SALUD
Rango de LeyResolución

APLICA MEDIDAS SANITARIAS PARA LA CIUDAD DE OSORNO

Núm. 508 exenta.- Puerto Montt, 24 de abril de 2015.

Visto:

  1. - Que la exposición a altos niveles de MP 2.5 genera un riesgo a la salud pública, aumentando las enfermedades respiratorias y cardiorespiratorias en adultos mayores, niños, mujeres embarazadas y pacientes crónicos. 2.- Que la exposición a altos niveles de MP 2.5 como material particulado fino, se debe principalmente al alto consumo de leña y otros dendroenergéticos sólidos, utilizados en condiciones y equipos no apropiados, que generan gran cantidad de emisiones contaminantes, principalmente, los que tienen el potencial de generar graves daños a la salud de la población. 3.- Que debido a las condiciones meteorológicas de las estaciones de otoño e invierno, se espera un aumento significativo de patologías respiratorias, las que afectan principalmente la ciudad de Osorno, por las condiciones geográficas especiales, con escasa ventilación cuando se presentan anticiclones de características frías, y con niveles de contaminación atmosférica, cuyos valores son superiores a la normativa y reglamentación ambiental vigente. 4.- Que los episodios de contaminación ambiental que se presenten y que sean objeto de monitorio por parte de la Estación Ambiental de El Alba, comuna de Osorno, hacen necesario la aplicación de medidas sanitarias extraordinarias como son la Pre-Emergencia y la Emergencia Ambiental, y evitar con ello el aumento de las emisiones atmosféricas en periodos críticos de contaminación ambiental.

    Considerando:

  2. - Que el artículo 36 del Código Sanitario, dispone a S.E. la Presidenta de la República, de otorgar facultades al Ministerio de Salud y las Secretarías Regionales Ministeriales de Salud para evitar la propagación de enfermedades, cuando una parte del territorio se viere amenazada o invadidas por una epidemia o por un aumento notable de alguna enfermedad, o cuando se produjeren emergencias que signifiquen grave riesgo para la salud o la vida de los habitantes. 2.- Que el Ministerio de Salud, por delegación de facultades de S.E. la Presidenta de la República, decretó Alerta Sanitaria y otorgó facultades extraordinarias a las Secretarías Regionales Ministeriales de Salud, para la aplicación de medidas sanitarias extraordinarias, conforme al decreto supremo Nº 11 de fecha 8 de abril de 2015, publicado en el Diario Oficial con fecha 18 de abril de 2015.- 3.- Que conforme...

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