Resolución núm. 508 EXENTA, publicada el 19 de Mayo de 2015. APLICA MEDIDAS SANITARAIS PARA LA CIUDAD DE OSORNO
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE SALUD |
Rango de Ley | Resolución |
APLICA MEDIDAS SANITARIAS PARA LA CIUDAD DE OSORNO
Núm. 508 exenta.- Puerto Montt, 24 de abril de 2015.
Visto:
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- Que la exposición a altos niveles de MP 2.5 genera un riesgo a la salud pública, aumentando las enfermedades respiratorias y cardiorespiratorias en adultos mayores, niños, mujeres embarazadas y pacientes crónicos. 2.- Que la exposición a altos niveles de MP 2.5 como material particulado fino, se debe principalmente al alto consumo de leña y otros dendroenergéticos sólidos, utilizados en condiciones y equipos no apropiados, que generan gran cantidad de emisiones contaminantes, principalmente, los que tienen el potencial de generar graves daños a la salud de la población. 3.- Que debido a las condiciones meteorológicas de las estaciones de otoño e invierno, se espera un aumento significativo de patologías respiratorias, las que afectan principalmente la ciudad de Osorno, por las condiciones geográficas especiales, con escasa ventilación cuando se presentan anticiclones de características frías, y con niveles de contaminación atmosférica, cuyos valores son superiores a la normativa y reglamentación ambiental vigente. 4.- Que los episodios de contaminación ambiental que se presenten y que sean objeto de monitorio por parte de la Estación Ambiental de El Alba, comuna de Osorno, hacen necesario la aplicación de medidas sanitarias extraordinarias como son la Pre-Emergencia y la Emergencia Ambiental, y evitar con ello el aumento de las emisiones atmosféricas en periodos críticos de contaminación ambiental.
Considerando:
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- Que el artículo 36 del Código Sanitario, dispone a S.E. la Presidenta de la República, de otorgar facultades al Ministerio de Salud y las Secretarías Regionales Ministeriales de Salud para evitar la propagación de enfermedades, cuando una parte del territorio se viere amenazada o invadidas por una epidemia o por un aumento notable de alguna enfermedad, o cuando se produjeren emergencias que signifiquen grave riesgo para la salud o la vida de los habitantes. 2.- Que el Ministerio de Salud, por delegación de facultades de S.E. la Presidenta de la República, decretó Alerta Sanitaria y otorgó facultades extraordinarias a las Secretarías Regionales Ministeriales de Salud, para la aplicación de medidas sanitarias extraordinarias, conforme al decreto supremo Nº 11 de fecha 8 de abril de 2015, publicado en el Diario Oficial con fecha 18 de abril de 2015.- 3.- Que conforme...
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