Resolución núm. 503 EXENTA, publicada el 18 de Agosto de 2023. MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 412 EXENTA, DE 2019, DE LA SUBSECRETARÍA DE EVALUACIÓN SOCIAL, QUE FIJA PROCEDIMIENTO DE RECEPCIÓN Y EVALUACIÓN DE SOLICITUDES DE ACCESO A DATOS DEL REGISTRO DE INFORMACIÓN SOCIAL, SEGÚN LO DISPUESTO EN EL INCISO SEGUNDO DEL ARTÍCULO 12º, DEL DECRETO Nº 160 DE 2007, DEL MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN - MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Y FAMILIA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 941412300

Resolución núm. 503 EXENTA, publicada el 18 de Agosto de 2023. MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 412 EXENTA, DE 2019, DE LA SUBSECRETARÍA DE EVALUACIÓN SOCIAL, QUE FIJA PROCEDIMIENTO DE RECEPCIÓN Y EVALUACIÓN DE SOLICITUDES DE ACCESO A DATOS DEL REGISTRO DE INFORMACIÓN SOCIAL, SEGÚN LO DISPUESTO EN EL INCISO SEGUNDO DEL ARTÍCULO 12º, DEL DECRETO Nº 160 DE 2007, DEL MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Y FAMILIA
Rango de LeyResolución

MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 412 EXENTA, DE 2019, DE LA SUBSECRETARÍA DE EVALUACIÓN SOCIAL, QUE FIJA PROCEDIMIENTO DE RECEPCIÓN Y EVALUACIÓN DE SOLICITUDES DE ACCESO A DATOS DEL REGISTRO DE INFORMACIÓN SOCIAL, SEGÚN LO DISPUESTO EN EL INCISO SEGUNDO DEL ARTÍCULO 12º, DEL DECRETO Nº 160 DE 2007, DEL MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN

Núm. 503 exenta.- Santiago, 2 de agosto de 2023.

Vistos:

Lo dispuesto en el numeral 4º del artículo 19 de la Constitución Política de la República; en el decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la Ley Nº 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; en la Ley Nº 20.530, que crea el Ministerio de Desarrollo Social y Familia y modifica cuerpos legales que indica; en la Ley Nº 19.628, sobre Protección de la Vida Privada; en la ley Nº 19.949, que Establece un Sistema de Protección Social para familias en situación de extrema pobreza; en la Ley Nº 20.129, que Establece un Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior; en el decreto supremo Nº 15, de 2012, del Ministerio de Desarrollo Social, que Aprueba el Reglamento del artículo 4º de la ley Nº 20.530, que crea el Ministerio de Desarrollo Social y Familia; en el decreto supremo Nº 160, de 2007, del entonces Ministerio de Planificación, que Aprueba reglamento del Registro de Información Social; en el decreto supremo Nº 17, de 2018, del Ministerio de Desarrollo Social, que modifica decreto supremo Nº 160, de 2007, del Ministerio de Planificación, en el sentido que indica; en la resolución exenta Nº 412, de 2019, de la Subsecretaría de Evaluación Social, que Fija procedimiento de recepción y evaluación de solicitudes de acceso a datos del Registro de Información Social, según lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 12º, del decreto Nº 160 de 2007, del Ministerio de Planificación; en la resolución exenta Nº 492, de 2019, de la Subsecretaría de Evaluación Social, que modifica la resolución exenta Nº 412, de 2019, de la Subsecretaría de Evaluación Social, en la forma que indica; en la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que Fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón.

Considerando:

  1. Que, de acuerdo con el literal t), del artículo , en relación con el artículo 5º, ambos de la ley Nº 20.530, corresponde al Ministerio de Desarrollo Social y Familia, a través de la Subsecretaría de Evaluación Social, sistematizar y analizar registros de datos, información, índices y estadísticas que describan la realidad social del país y que obtenga en el ámbito de su competencia, además de publicar la información recopilada conforme la normativa vigente;

  2. Que, el artículo 6º de la ley Nº 19.949 creó el "Registro de...

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