Resolución núm. 50 EXENTA, publicada el 19 de Enero de 2022. MODIFICA RESOLUCIÓN N° 1.512 EXENTA (V. Y U.), DE 2021, EN EL SENTIDO QUE INDICA, APRUEBA NÓMINAS DE POSTULANTES SELECCIONADOS PARA LOS TRAMOS 1, 2 Y 3, SUBSIDIO HABITACIONAL PARA SECTORES MEDIOS, DEL SEGUNDO LLAMADO A POSTULACIÓN NACIONAL 2021, EN LAS MODALIDADES DE ADQUISICIÓN DE VIVIENDAS Y CONSTRUCCIÓN EN SITIO PROPIO O DENSIFICACIÓN PREDIAL, CORRESPONDIENTE AL DS N° 1 (V. Y U.), DE 2011, Y DEJA SIN EFECTO SOLICITUDES DE POSTULACIÓN AL LLAMADO REFERIDO
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO |
Rango de Ley | Resolución |
MODIFICA RESOLUCIÓN N° 1.512 EXENTA (V. Y U.), DE 2021, EN EL SENTIDO QUE INDICA, APRUEBA NÓMINAS DE POSTULANTES SELECCIONADOS PARA LOS TRAMOS 1, 2 Y 3, SUBSIDIO HABITACIONAL PARA SECTORES MEDIOS, DEL SEGUNDO LLAMADO A POSTULACIÓN NACIONAL 2021, EN LAS MODALIDADES DE ADQUISICIÓN DE VIVIENDAS Y CONSTRUCCIÓN EN SITIO PROPIO O DENSIFICACIÓN PREDIAL, CORRESPONDIENTE AL DS N° 1 (V. Y U.), DE 2011, Y DEJA SIN EFECTO SOLICITUDES DE POSTULACIÓN AL LLAMADO REFERIDO
Santiago, 13 de enero de 2022.- Hoy se resolvió lo que sigue:
Núm. 50 exenta.
Visto:
El DS N° 1 (V. y U.), de 2011, que regula el Sistema Integrado de Subsidio Habitacional, y sus modificaciones, en especial lo previsto en sus artículos 20, 21, 22 y 23 y en los Títulos I y II de dicho Reglamento; la resolución exenta N° 1.512, de fecha 23 de septiembre de 2021, publicada en el Diario Oficial del 29 de septiembre de 2021, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo; la resolución exenta N° 68 (V. y U.), de fecha 22 de enero de 2021, y sus modificaciones, que autoriza llamados a postulación y/o comprometer recursos en el otorgamiento de subsidios habitacionales durante el año 2021, de conformidad a las disposiciones reglamentarias establecidas, entre otros, para el programa regulado por el DS N° 1 (V. y U.), de 2011; la Ley N° 21.289, de Presupuestos del Sector Público para el año 2021, y
Considerando:
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Que mediante resolución exenta N° 1.512 (V. y U.) de 2021, se llamó a postulación al Segundo Llamado Nacional 2021, del Sistema Integrado de Subsidio Habitacional, regulado por el DS N° 1 (V. y U.), de 2011, en sus tramos 1, 2 y 3, en las modalidades de adquisición de viviendas y de construcción en sitio propio o densificación predial, fijándose los recursos destinados a cada Región, tramo, modalidad y alternativa de postulación.
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Que la resolución exenta N° 68 (V. y U.), de 2021, y sus modificaciones, visada por el Ministro de Hacienda, compromete, entre otros, los recursos para el programa habitacional correspondiente al año 2021, resolución dictada conforme a lo dispuesto en el artículo 40 de la ley N° 18.591.
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Que se hace necesario modificar el monto de Unidades de Fomento que se destinarán al financiamiento del subsidio directo y su forma de distribución por Región, tramo, modalidad y alternativa de postulación dispuesta para dicho llamado, con el objeto de lograr una mayor atención para los postulantes a ese llamado, existiendo recursos disponibles para ello, atendido lo dispuesto en la...
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