Resolución núm. 480 EXENTA, publicada el 24 de Diciembre de 2019. LLEVA A EFECTO ACUERDO Y APRUEBA REGLAMENTO INTERNO DE FUNCIONAMIENTO, DEL CONSEJO REGIONAL DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO, REGIÓN DEL LIBERTADOR GENERAL BERNARDO O'HIGGINS - MINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 830341305

Resolución núm. 480 EXENTA, publicada el 24 de Diciembre de 2019. LLEVA A EFECTO ACUERDO Y APRUEBA REGLAMENTO INTERNO DE FUNCIONAMIENTO, DEL CONSEJO REGIONAL DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO, REGIÓN DEL LIBERTADOR GENERAL BERNARDO O'HIGGINS

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO
Rango de LeyResolución

LLEVA A EFECTO ACUERDO Y APRUEBA REGLAMENTO INTERNO DE FUNCIONAMIENTO, DEL CONSEJO REGIONAL DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO, REGIÓN DEL LIBERTADOR GENERAL BERNARDO O'HIGGINS

Núm. 480 exenta.- Rancagua, 11 de diciembre de 2019.

Vistos:

  1. ) Ley Nº 21.045, de 2017, que crea el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio; 2º) Ley Nº 19.880, de 2003, de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; 3º) Decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, de 2000, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; 4º) Resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República; 5º) Resolución exenta Nº 24, de la Subsecretaría de las Culturas y las Artes, de 23 de marzo de 2018 y publicada en el Diario Oficial el 28 de marzo de 2018, que delega facultades en Secretarios Regionales Ministeriales de las Culturas, las Artes y el Patrimonio; 6º) Decreto Nº 6, de 2018, del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, que establece el nombramiento de la Secretaria Regional Ministerial titular de las Culturas, las Artes y el Patrimonio Región del Libertador General Bernardo O'Higgins; 7º) Acta de segunda sesión ordinaria efectuada el 27 de marzo 2019, que aprueba el presente reglamento interno de funcionamiento del Consejo Regional de las Culturas, las Artes y el Patrimonio del Libertador General Bernardo O'Higgins.

    Considerando:

  2. Que la ley Nº 21.045 creó el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, cuyo objeto será colaborar con el Presidente de la República en el diseño, formulación e implementación de políticas, planes y programas para contribuir al desarrollo cultural y patrimonial armónico y equitativo del país en toda su diversidad geográfica y las realidades e identidades regionales y locales, conforme a los principios contemplados en la ley. Asimismo, el artículo 3 numeral 1 de la referida ley, establece como función del Ministerio promover y contribuir al desarrollo de la creación artística y cultural, fomentando la creación, producción, mediación, circulación, distribución y difusión, de las artes visuales, fotografía, nuevos medios, danza, circo, teatro, diseño, arquitectura, entre otros.

  3. Que el artículo 7 de la referida ley, crea la Subsecretaría de las Culturas y las Artes, y establece en su artículo 9 que ésta deberá diseñar y ejecutar planes y programas destinados al cumplimiento de las funciones y atribuciones establecidas entre otros, en el numeral 1 del artículo 3 de la ley.

  4. Que el Párrafo 2º, del Título IV, de la ley Nº 21.045, regula las funciones y composición de los Consejos Regionales de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, quienes por instrucción de la Subsecretaría de Cultura han debido analizar y estudiar propuesta de Reglamento Interno, el cual tiene por objeto regular el funcionamiento interno del Consejo.

  5. Que con fecha 27 marzo 2019, se efectuó la segunda sesión ordinaria del Consejo Regional de las Culturas, las Artes y el Patrimonio del Libertador General Bernardo O'Higgins, oportunidad en la cual, se aprobó el reglamento interno de funcionamiento de dicho órgano.

    Dicho instrumento fue aprobado mediante el acuerdo respectivo de dicha sesión, no obstante ello, el acuerdo, debe ser llevado a cabo, mediante la dictación del presente acto administrativo, conforme el artículo 3 de la ley 19.880, de 2003, el cual, señala: "Las decisiones de los órganos administrativos pluripersonales se denominan acuerdos y se llevan a efecto por medio de resoluciones de la autoridad ejecutiva de la entidad correspondiente.".

  6. Que, en virtud de lo anterior, y según lo dispuesto por la ley Nº 19.880, sobre Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado, resulta necesario dictar el correspondiente acto administrativo que lleve a efecto acuerdo y apruebe reglamento interno de funcionamiento del Consejo Regional de las Culturas, las Artes y el Patrimonio Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, a fin de evitar...

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