Resolución núm. 479 EXENTA, publicada el 15 de Junio de 2018. NOTIFICACIONES - MINISTERIO DE AGRICULTURA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 729037997

Resolución núm. 479 EXENTA, publicada el 15 de Junio de 2018. NOTIFICACIONES

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE AGRICULTURA
Rango de LeyResolución

NOTIFICACIONES

13.- Res. Ex. Nº 479 de 18/01/2018: Vistos: Lo establecido en la ley Nº 18.755; la ley Nº 19.880; Res. Nº 1.600 de la C.G.R; la Res. Ex. Nº 266/2017 D.R.; la Res. Ex. Nº 5.655/2013 que delega facultad que indica; el recurso interpuesto por don Simón Mancilla Calle, con domicilio desconocido; Considerando: 1.- Que Res. Ex. 266 de 17/02/2017, se impuso a la recurrente una multa de 8,5 UTM, por portar en su equipaje 0,49 kg. de tomates, 0,175 kg. de morrón, 0,395 kg. de queso fresco, 0,49 kg. de cebollas, 0,22 kg. de porotos verdes, 0,535 kg. de zanahorias y 1,16 kg. de carne fresca enfriada de bovino con hueso de procedencia boliviana, que no fueron declarados; 2.- Que en su escrito la recurrente solicita se reconsidere la resolución sancionatoria por la razones que expresa; 3.- Que la infractora no ha portado antecedentes que desvirtuén lo establecido en la Res. Ex. citada; 4.- Que los hechos descritos constituyen una infracción al Art. 21 del DL Nº 3.557 de 1981; 5.- Que el artículo 42 de DL Nº3.557 dispone una infracción una multa de 3 a 30 UTM. En caso que el infractor sea reincidente, que el bien interceptado sea grave riesgo para la sanidad vegetal o salud animal, que...

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