Resolucion núm. 474 EXENTA, el 12 de Septiembre de 2005. LLAMA A POSTULACION SEGUNDO LLAMADO AÑO 2005 A SUBSIDIO HABITACIONAL VIVIENDAS PROGRESIVAS - MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 917918332

Resolucion núm. 474 EXENTA, el 12 de Septiembre de 2005. LLAMA A POSTULACION SEGUNDO LLAMADO AÑO 2005 A SUBSIDIO HABITACIONAL VIVIENDAS PROGRESIVAS

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
Rango de LeyResolución

LLAMA A POSTULACION SEGUNDO LLAMADO AÑO 2005 A SUBSIDIO HABITACIONAL VIVIENDAS PROGRESIVAS

Núm. 474 exenta.- Antofagasta, 31 de agosto de 2005.- Vistos: la resolución exenta Nº253 (V y U) de 1997, publicada en el Diario Oficial de 17 de febrero de 1997 y sus modificaciones posteriores; lo establecido en el decreto supremo Nº140 (V y U) de 1990 y sus modificaciones posteriores; la circular Nº1.160 de 2003 de la Subsecretaría de Vivienda y Urbanismo; la asignación presupuestaria ítem 021 del presupuesto ministerial año 2005; lo establecido en el decreto Nº397 (V y U) de 1976 Reglamento Orgánico de las Secretarías Ministeriales de Vivienda y Urbanismo; mi calidad de Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo II Región,

Resuelvo:

Llámese en la II Región a postulación segundo llamado año 2005 a Subsidio Habitacional Viviendas Progresivas DS Nº140 (V y U) 1990, modalidad Privada, primera etapa, a todos aquellos interesados que reúnan los requisitos y acreditación exigidos por la ley, en los plazos y alternativas siguientes:

Oferta Unica PROGRAMA PRIVADO VIVIENDAS PROGRESIVAS PRIMERA ETAPA Monto subsidio individual hasta 150 UF con renuncia a segunda etapa; Postulación: Individual o colectiva. Ahorro mínimo: 8 UF; disponibilidad de sitio propio. Localización: Regional.

Recursos disponibles: Total 19.200 UF.

REQUISITOS Y CONDICIONES GENERALES DEL LLAMADO:

  1. Inscripción hábil en Registro Unico de Inscrito (RUI) vigente al 30 de septiembre de 2005.

  2. Información y antecedentes personales del postulante y su grupo familiar.

  3. Para postulación colectiva: acreditar personalidad jurídica del grupo y número mínimo de integrantes que deberán ser atendidos en el evento que el grupo sea alcanzado por el puntaje de corte, previa aprobación de la Asamblea.

  4. Encuesta CAS II con puntaje de estratificación social en sistema computacional.

  5. Presentar libreta de ahorro a plazo para la vivienda a nombre del postulante o su cónyuge, con ahorro depositado al 30 de septiembre de 2005, el que será girado en su totalidad al momento de aplicar el subsidio habita-cional.

  6. ...

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