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Resolución núm. 473 EXENTA, publicada el 16 de Octubre de 2020. DESIGNA ENCARGADO DE PROTECCIÓN DE DATOS EN EL INSTITUTO NACIONAL DE PROPIEDAD INDUSTRIAL

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Rango de LeyResolución

DESIGNA ENCARGADO DE PROTECCIÓN DE DATOS EN EL INSTITUTO NACIONAL DE PROPIEDAD INDUSTRIAL

Núm. 473 exenta.- Santiago, 8 de octubre de 2020.

Vistos:

Lo dispuesto en la Constitución Política del Estado, en especial, en su artículo 19 Nº 4; en el decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la ley Nº 19.628, sobre protección a la vida privada, especialmente su artículo 22; en el decreto supremo Nº 779, de 2000, del Ministerio de Justicia, que aprueba el Reglamento del Registro de Banco de Datos Personales a cargo de organismos públicos; las recomendaciones que ha efectuado el Consejo para la Transparencia en materia de protección de datos personales, conforme lo dispuesto en la letra m) del artículo 33 de la ley Nº 20.285, sobre Acceso a la Información Pública; en la resolución exenta Nº 215, de 2019; en la ley Nº 20.254, de 2008, que crea el Instituto Nacional de Propiedad Industrial; en el decreto supremo Nº 69, de 2019, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, que nombra a la Directora Nacional de Inapi; y en la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República.

Considerando:

  1. - Que la actual Constitución Política de la República recoge en su artículo 19, Nº 4, y de conformidad con la modificación efectuada por la ley Nº 21.096, de 2018, "el respeto y protección a la vida privada y la honra de la persona y su familia, y asimismo, la protección de sus datos personales. El tratamiento y protección de estos datos se efectuará en la forma y condiciones que determine la ley.", lo que más globalmente está señalado como "el derecho a la intimidad".

  2. - Que, sin perjuicio del texto actualizado y su modificación, en Chile está vigente la ley Nº 19.628, de 1999, sobre protección de la vida privada, que regula el tratamiento de los datos protección de datos de carácter personal y también establece reglas relativas al tratamiento de datos por los organismos públicos, entre otras, las obligaciones en materia de registro de bancos de datos personales a cargo de organismos públicos, por parte del Servicio de Registro Civil e Identificación.

  3. - Que estando en trámite la regulación legal en materia de protección de datos personales que sea acorde con la modificación constitucional señalada en el...

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