Resolución núm. 467 EXENTA, publicada el 23 de Diciembre de 2023. FORMALIZA DESIGNACIÓN DE INTEGRANTE DEL CONSEJO REGIONAL DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO, REGIÓN DEL BIOBÍO - MINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 973046345

Resolución núm. 467 EXENTA, publicada el 23 de Diciembre de 2023. FORMALIZA DESIGNACIÓN DE INTEGRANTE DEL CONSEJO REGIONAL DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO, REGIÓN DEL BIOBÍO

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO
Rango de LeyResolución

FORMALIZA DESIGNACIÓN DE INTEGRANTE DEL CONSEJO REGIONAL DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO, REGIÓN DEL BIOBÍO

Núm. 467 exenta.- Concepción, 12 de mayo de 2023.

Visto:

Lo dispuesto en la ley N° 21.045, que crea el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio; en el DFL N° 1/19.653, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional de bases generales de la Administración del Estado; en la ley N° 19.880, sobre bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de la Administración del Estado; en el decreto supremo N° 8, de 2018, del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio que aprueba reglamento para la designación de integrantes de los Consejos Regionales de las Culturas, las Artes y el Patrimonio; y las resoluciones N° 6 y N° 7, ambas de 2019, de la Contraloría General de la República que fijan normas sobre exención del trámite de toma de razón y sus modificaciones.

Considerando:

Que la ley N° 21.045 creó el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio como la Secretaría de Estado que tiene por objeto colaborar con el Presidente de la República en el diseño, formulación e implementación de políticas, planes y programas para contribuir al desarrollo cultural y patrimonial armónico y equitativo del país en toda su diversidad geográfica y las realidades e identidades regionales y locales, conforme a los principios contemplados en la ley.

Que el artículo 16 de la referida ley, crea el Consejo Nacional de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, al cual le corresponde ejecutar las funciones y atribuciones descritas en su artículo 17. Asimismo, el artículo 18 del citado cuerpo legal, dispone que el Consejo Nacional de las Culturas, las Artes y el Patrimonio se desconcentrará territorialmente a través de Consejos Regionales, los que tendrán su domicilio en la capital regional respectiva o en alguna capital provincial.

Que conforme con el numeral 6 del artículo 19 de la ley N° 21.045, los Consejos Regionales se integrarán, entre otros, por una persona representativa de los pueblos indígenas, con destacada trayectoria en los ámbitos de las artes, las culturas o el patrimonio, designada por las comunidades, asociaciones y organizaciones...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR