Resolución núm. 46 EXENTA, publicada el 02 de Marzo de 2019. ESTABLECE LA OBLIGACIÓN DE DECLARAR EXISTENCIAS DE ANIMALES A TODOS LOS ESTABLECIMIENTOS PECUARIOS DE LA REGIÓN DE AYSÉN
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE AGRICULTURA |
Rango de Ley | Resolución |
ESTABLECE LA OBLIGACIÓN DE DECLARAR EXISTENCIAS DE ANIMALES A TODOS LOS ESTABLECIMIENTOS PECUARIOS DE LA REGIÓN DE AYSÉN
Núm. 46 exenta.- Coyhaique, 25 de febrero de 2019.
Vistos:
La Ley Nº 18.755 que establece normas sobre el Servicio Agrícola y Ganadero; la resolución Ex. Nº 6.774 de fecha 3 de septiembre de 2015, de la Dirección Nacional del SAG; la resolución Nº 1.600 de 2008 de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón; y la resolución Nº 240/834/2018 del 30.11.2018, del Director Nacional que establece el orden de subrogación del Director/a Regional del SAG en la Región de Aysén.
Considerando:
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Que es responsabilidad del Servicio Agrícola y Ganadero, en adelante e indistintamente el Servicio, proteger, mantener e incrementar el patrimonio zoosanitario del país.
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Que corresponde al Servicio mantener un sistema de vigilancia y diagnóstico de las enfermedades pecuarias existentes en el país o susceptibles de presentarse que, a su juicio, sean relevantes para la producción nacional y formular los programas de acción que correspondan.
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Que la Organización Mundial de Sanidad Animal (OIE) recomienda que sus miembros establezcan un marco reglamentario claro para la identificación y la trazabilidad de los animales, los que son componentes claves del desarrollo económico y rural, vinculados con la mejora de la sanidad animal, la vigilancia y notificación de enfermedades y la seguridad sanitaria de los alimentos derivados de la producción animal.
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Que la Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo es libre de Brucelosis y Maedi Visna, enfermedades de los bovinos y ovinos, respectivamente. Para mantener esta condición, de gran importancia para la región en términos sanitarios, productivos y económicos, el Servicio debe realizar acciones de vigilancia en todo el territorio de su jurisdicción.
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Que para cumplir con las acciones de vigilancia se hace necesario mantener información actualizada sobre los rebaños de animales existentes en la Región de Aysén.
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Que, por otra parte, diversas organizaciones de ganaderos y productores, han manifestado a la Secretaría Regional Ministerial de Agricultura y a este Servicio la necesidad de establecer la obligatoriedad de efectuar la Declaración de Existencia de Animales para todos los titulares de establecimientos pecuarios de la Región.
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Que, la resolución Ex. Nº 6.774 de fecha 3 de septiembre de 2015, de la Dirección Nacional del SAG...
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