Resolución núm. 457 EXENTA, publicada el 10 de Noviembre de 2020. DECRETA DESALOJO ADMINISTRATIVO DE PROPIEDAD FISCAL QUE SEÑALA, PREVIO REQUERIMIENTO CONTRA PERSONAS QUE INDICA - MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 851689680

Resolución núm. 457 EXENTA, publicada el 10 de Noviembre de 2020. DECRETA DESALOJO ADMINISTRATIVO DE PROPIEDAD FISCAL QUE SEÑALA, PREVIO REQUERIMIENTO CONTRA PERSONAS QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Rango de LeyResolución

DECRETA DESALOJO ADMINISTRATIVO DE PROPIEDAD FISCAL QUE SEÑALA, PREVIO REQUERIMIENTO CONTRA PERSONAS QUE INDICA

Núm. 457 exenta.- Copiapó, 4 de noviembre de 2020.

Vistos:

  1. Las facultades contenidas en el DFL Nº 22, de 1959, artículo 26 letra e) y f), y artículos 33 y 34; b) Decreto ley Nº 3.457, de 1980; c) Ley Nº 19.175, de 1992, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional, artículo 4º letra h); d) Resolución Nº 1.600, de 5 de noviembre de 2008, que modifica resolución Nº 520, del año 1996, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la resolución Nº 55, del año 1992, ambas de la Contraloría General de la República; e) Decreto Nº 287, del 2 de agosto de 2019, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; f) Ord. 2712 de fecha 5 de octubre de 2020, emitido por la Secretaria Regional Ministerial de Bienes Nacionales y sus antecedentes.

Considerando:

  1. - Que, corresponde a esta autoridad velar por el cumplimiento de las leyes y reglamentos que rigen a los diversos Servicios Públicos.

  2. - Dentro de las facultades dadas a este Gobernador, se encuentran las de vigilar y cuidar la conservación de los bienes del Estado, en particular del respeto al uso para los cuales fueron destinados, e impedir que se ocupen en todo o parte por personas ajenas a su beneficio o ámbito legal, y se restituyan en la medida que la entidad correspondiente lo solicite.

  3. - Mediante Ord. 2712 de fecha 5 de octubre de 2020 citado en los vistos, la Secretaria Regional Ministerial de Bienes Nacionales solicitó el desalojo de los ocupantes emplazados en el predio fiscal, ubicado en Sector Andacollo, al final de la Población Juan Pablo II, entre calles Cardenal Samoré y Pablo VI, de la comuna de Copiapó.

  4. - El inmueble antes descrito, rola inscrito a fojas Nº527 número 500 del Registro de Propiedad del año 1964, del Conservador de Bienes Raíces de Copiapó.

    Que la mencionada Secretaria Regional Ministerial de Bienes Nacionales, solicita a esta gobernación la restitución de la propiedad ya individualizada, ubicada en la comuna de Copiapó, Región de Atacama. De los antecedentes consultados y tenidos a la vista, se denuncia la existencia de una ocupación ilegal en el inmueble fiscal, cuya superficie total estimada es de 3.22 hectáreas, en la cual se encuentran cercos, deslindes y obras de mejora entre otras, y cuyas coordenadas son: Vértice A: Norte 6974216.351 Este 370325.879. Vértice B: Norte 6974117.294 Este 370473.173. Vértice C...

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