Resolución núm. 428, publicada el 02 de Septiembre de 2016. PROHÍBE CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS EN VÍA Y TRAMO QUE INDICA, PERTENECIENTE A LA COMUNA DE VALLENAR - MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 648110009

Resolución núm. 428, publicada el 02 de Septiembre de 2016. PROHÍBE CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS EN VÍA Y TRAMO QUE INDICA, PERTENECIENTE A LA COMUNA DE VALLENAR

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyResolución

PROHÍBE CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS EN VÍA Y TRAMO QUE INDICA, PERTENECIENTE A LA COMUNA DE VALLENAR

Núm. 428.- Copiapó, 4 de agosto de 2016.

Visto:

Lo dispuesto en la ley Nº 18.059; los artículos 107º y 113° del DFL N° 1, de 2007, de los Ministerios de Justicia y de Transportes y Telecomunicaciones, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.290 de Tránsito; las resoluciones N° 59, de 1985, y N° 39, de 1992, ambas del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; el oficio INF Nº 2.729, de fecha 27 de julio de 2016, y el decreto municipal Nº 2.185, de fecha 29 de julio de 2016, ambos de la Ilustre Municipalidad de la comuna de Vallenar; la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, y la demás normativa vigente que resulte aplicable.

Considerando:

  1. Que mediante oficio INF Nº 2.729, citado en Visto, el Director de Tránsito y Transporte Público Municipal de la Comuna de Vallenar ha solicitado a esta autoridad regional, en el contexto de las obras de Conservación Vial y Reposición y restauración de algunas vías de la comuna referida, que se decrete la prohibición de circulación de todo tipo de vehículos motorizados en vía y tramo que se indicarán.

  2. Que mediante decreto municipal Nº 2.185, de fecha 29 de julio de 2016, la Ilustre Municipalidad de la Comuna de Vallenar autorizó la modificación al sentido de tránsito en calzada poniente de Avenida Manuel Antonio Matta, entre las calles Merced y Avenida Costanera, originalmente de sentido norte - sur, pasando a ser bidireccional, mientras se ejecuten las obras de Conservación Vial y Reposición y restauración de algunas vías de la comuna de Vallenar.

  3. Que esta Secretaría Regional, en el marco de sus facultades legales, debe disponer las medidas de gestión de tránsito necesarias para disminuir el impacto en el tránsito vehicular.

  4. Que el DFL Nº 1, de 2007, citado en Vistos, señala en sus artículos Nº 107 y Nº 113, inciso primero, respectivamente, que:

    "Los conductores tienen derecho a transitar en sus vehículos por las vías públicas, salvo las excepciones que establece esta ley y las medidas que, en contrario y en casos especiales, adopte la autoridad competente.".

    "El Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones podrá prohibir, por causa justificada, la circulación de todo vehículo o de tipos específicos de éstos, por determinadas vías públicas. Esta facultad será ejercitada de...

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