Resolución núm. 416 EXENTA, publicada el 29 de Junio de 2023. LLAMADO EN CONDICIONES ESPECIALES 2023 PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DEL PROGRAMA DE MEJORAMIENTO DE VIVIENDAS Y BARRIOS, REGULADO POR EL DS N° 27 (V. Y U.), DE 2016, CAPÍTULO TERCERO, PROYECTOS PARA CONDOMINIOS DE VIVIENDAS, PARA LA REGIÓN DEL BIOBÍO; FIJA CONDICIONES PARA SU APLICACIÓN, CRITERIOS REGIONALES DE SELECCIÓN, MONTO DE RECURSOS DISPONIBLES Y FORMA DE DISTRIBUCIÓN PARA CADA LÍNEA DE FINANCIAMIENTO - MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 936282435

Resolución núm. 416 EXENTA, publicada el 29 de Junio de 2023. LLAMADO EN CONDICIONES ESPECIALES 2023 PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DEL PROGRAMA DE MEJORAMIENTO DE VIVIENDAS Y BARRIOS, REGULADO POR EL DS N° 27 (V. Y U.), DE 2016, CAPÍTULO TERCERO, PROYECTOS PARA CONDOMINIOS DE VIVIENDAS, PARA LA REGIÓN DEL BIOBÍO; FIJA CONDICIONES PARA SU APLICACIÓN, CRITERIOS REGIONALES DE SELECCIÓN, MONTO DE RECURSOS DISPONIBLES Y FORMA DE DISTRIBUCIÓN PARA CADA LÍNEA DE FINANCIAMIENTO

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
Rango de LeyResolución

LLAMADO EN CONDICIONES ESPECIALES 2023 PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DEL PROGRAMA DE MEJORAMIENTO DE VIVIENDAS Y BARRIOS, REGULADO POR EL DS N° 27 (V. Y U.), DE 2016, CAPÍTULO TERCERO, PROYECTOS PARA CONDOMINIOS DE VIVIENDAS, PARA LA REGIÓN DEL BIOBÍO; FIJA CONDICIONES PARA SU APLICACIÓN, CRITERIOS REGIONALES DE SELECCIÓN, MONTO DE RECURSOS DISPONIBLES Y FORMA DE DISTRIBUCIÓN PARA CADA LÍNEA DE FINANCIAMIENTO

Núm. 416 exenta.- Concepción, 14 de junio de 2023.

Vistos:

La ley N° 16.931, que crea el Ministerio de Vivienda y Urbanismo; el decreto supremo N° 27 (V. y U.), de 2016 y sus modificaciones, que regula el Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios; la resolución exenta N° 1.237 (V. y U.), de 24.05.2019, que fija Procedimiento para la Prestación de Servicios de Asistencia Técnica para el Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios; la ley 21.442, de 2022, que Aprueba la Nueva Ley de Copropiedad Inmobiliaria; la ley N° 21.516, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año 2023; la resolución exenta N° 720 (V. y U.), de fecha 14.03.2019, que Aprueba Itemizados Técnicos para proyectos de Energías Renovables: Sistemas Solares Térmicos y Sistemas Solares Fotovoltaicos, en el marco de los Programas Habitacionales del Minvu; la resolución exenta N° 1.767 del 20.12.2022, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, que autoriza a efectuar llamados a postulación y/o comprometer recursos en el otorgamiento de subsidios habitacionales durante el año 2023 en Sistemas y Programas Habitacionales que indica; el oficio ordinario N° 116, de fecha 28.01.2021, del Jefe de la División Técnica de Estudio y Fomento Habitacional que adjunta el Itemizado Técnico de Obras y sus anexos respectivos para proyectos asociados al Capítulo Tercero, proyectos para Condominios de Viviendas, del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, reglamentado por el DS N° 27 (V. y U.), de 2016, para proyectos que postulen a los llamados del mencionado Capítulo; el oficio electrónico Ord. N° 105 del 14.01.2022, del Jefe (S) de la División Técnica de Estudio y Fomento Habitacional, que señala que debe mantenerse el Itemizado Técnico de obras y sus anexos respectivos en su versión oficializada mediante el ordinario citado en el visto precedente; la circular N° 001, de fecha 11.01.2023, de la Subsecretaria de Vivienda y Urbanismo, que informa el Programa Habitacional 2023 de este Ministerio; el oficio electrónico Ord. N° 752 de fecha 25.04.2023, del Jefe del Departamento de Condominios y Atención del Déficit Cualitativo, que establece directrices operativas de los programas de mejoramiento regulados por el DS N° 255 y DS N° 27, y del Programa de Habitabilidad Rural DS N° 10, para el año 2023; la resolución exenta N° 380 del 09.03.2022, que Regula Operaciones y Actos que inciden en la aplicación práctica del Capítulo Tercero: Proyectos para Condominios de Vivienda del DS N° 27 (V. y U.), 2016; la resolución exenta N° 902 (V. y U.), de fecha 05.05.2023; la resolución N° 7 de la Contraloría General de la República, de 2019, que fija normas sobre la exención del trámite de toma de razón; el Memorándum N° 183, de 15.05.2023, de la Jefa del Departamento de Planes y Programas de esta Seremi, que solicita emitir la resolución exenta del Llamado Regional en Condiciones Especiales; y el DS N° 19 (V. y U.), de 2022, que designa Seremi de Vivienda y Urbanismo de la Región del Biobío.

Considerando:

  1. Que, el artículo 24 del DS N° 27 (V. y U.), de 2016, establece que el Ministro de Vivienda y Urbanismo podrá efectuar o autorizar al Seremi, mediante resoluciones fundadas, la realización de llamados a procesos de selección en condiciones especiales y señala el contenido de dichas resoluciones.

  2. Que, en razón de lo anterior, mediante resolución exenta N° 902 (V. y U.), de 05.05.2023, se autorizó a los Secretarios Regionales Ministeriales de diferentes regiones, entre ellas la Región del Biobío, para efectuar Llamados en condiciones especiales para el desarrollo de proyectos del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, regulados por el DS N° 27 (V. y U.), de 2016, Capítulo Tercero, proyectos para Condominios de Vivienda.

  3. Que, existe la necesidad de atender a condominios de viviendas que presenten deterioro y que sean considerados como objeto de atención del Programa, de acuerdo a las condiciones señaladas en el artículo 4 del DS N° 27 (V. y U.), de 2016.

  4. Que, las obras de reparación, normalización y/o mejoramiento a realizar en los condominios de viviendas configuran acciones de alta relevancia para este Ministerio.

  5. Que, la resolución exenta N° 380 del 09.03.2022, en su resuelvo N° 2 numeral 50, establece que la Resolución de Certificación de Vivienda Objeto del Programa tendrá una vigencia de 2 años, bajo las condiciones que allí se señalan, lo que será considerado respecto de los condominios que cuenten con dicho acto administrativo vigente.

  6. Que, la resolución exenta N° 380 del 09.03.2022, en su resuelvo 1 letra b), indica que corresponde a las Secretarías Regionales Ministeriales de Vivienda y Urbanismo, elaborar, promover, implementar y evaluar los lineamientos estratégicos para el desarrollo del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, destinado a la atención de los Condominios de Vivienda en la Región.

  7. Que, la resolución exenta N° 902 del 05.05.2023, en su resuelvo 1 numerales IV, V y VI, ha establecido un aumento...

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