Resolución núm. 4153 EXENTA, publicada el 19 de Noviembre de 2021. RESUELVE LO QUE INDICA
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES |
Rango de Ley | Resolución |
RESUELVE LO QUE INDICA
Núm. 4.153 exenta.- Santiago, 12 de noviembre de 2021.
Visto:
Lo dispuesto en los decretos con fuerza de ley Nº 279, de 1960 y Nº 343, de 1953, ambos del Ministerio de Hacienda; el decreto ley Nº 557, de 1974; el decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, que fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la ley Nº 20.378, que crea un Subsidio Nacional para el Transporte Público Remunerado de Pasajeros; la ley Nº 21.289, de Presupuestos del Sector Público para el año 2021; la resolución Nº 35, de 2009, modificada por las resoluciones exentas Nº 1.514, Nº 1.866 y Nº 1.867, de 2010, Nº 69, de 2011, Nº 297, de 2016, Nº 611, Nº 2086 y Nº 2.215, de 2017, Nº 2.722, de 2019, y Nº 1.196, de 2020, todas del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, y por las resoluciones exentas Nº 3.251 y Nº 3.554, de 2017, Nº 2.419, de 2020, y Nº 1.558, Nº 1.867 y Nº 2.276, de 2021, todas del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones y Ministerio de Hacienda; el Oficio Nº 26942/2021 MTT, de 2021, de la Ministra de Transportes y Telecomunicaciones; las resoluciones Nº 7, de 2019, y Nº 16, de 2020, ambas de la Contraloría General de la República, y la demás normativa aplicable.
Considerando:
-
Que, la resolución Nº 35, de 2009, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, y sus modificaciones, establece la estructura tarifaria para el Sistema de Transporte Público para la provincia de Santiago y las comunas de San Bernardo y Puente Alto (en adelante, "el Sistema").
-
Que, de conformidad a lo establecido en el inciso 5º del artículo 15 de la ley Nº 20.378, y sin perjuicio de las atribuciones del Panel de Expertos, el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones podrá modificar la estructura tarifaria fundadamente, siempre que la modificación no reduzca los ingresos totales del Sistema.
-
Que el próximo 21 de noviembre de 2021 se realizarán las elecciones presidenciales, parlamentarias y de consejeros regionales, instancia para la cual el Gobierno ha dispuesto, como medida tendiente a promover la participación ciudadana, la gratuidad en los servicios de transporte público prestados por Metro S.A. y por EFE Central S.A. en el servicio de trenes en el tramo Alameda-Nos.
-
Que, mediante el Oficio Nº 26942/2021 MTT, de 2021, de la Ministra de Transportes y Telecomunicaciones, se solicitó al Ministerio de Hacienda la asignación de...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba