Resolución núm. 413 EXENTA, publicada el 29 de Abril de 2021. DELEGA FACULTAD QUE INDICA EN LAS SECRETARIAS Y SECRETARIOS REGIONALES MINISTERIALES DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO DEL PAÍS
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO |
Rango de Ley | Resolución |
DELEGA FACULTAD QUE INDICA EN LAS SECRETARIAS Y SECRETARIOS REGIONALES MINISTERIALES DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO DEL PAÍS
Núm. 413 exenta.- Valparaíso, 10 de marzo de 2021.
Visto:
Lo dispuesto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2001, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la ley N° 19.880, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en la ley N° 21.045, que crea el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio; en la resolución N° 7, de 2019, de Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón; en el decreto supremo N° 4, de 2020, del Ministerio de Salud, que decreta Alerta Sanitaria por el período que se señala y otorga facultades extraordinarias que indica por Emergencia de Salud Pública de Importancia Internacional (ESPII) por brote del nuevo coronavirus (2019-NCOV) y sus modificaciones; y en el decreto supremo N° 104, de 2020, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que declara estado de excepción constitucional de catástrofe, por calamidad pública, en el territorio de Chile, prorrogado por los decretos supremos N° 269, N° 400 y N° 646, todos de 2020, de la misma cartera de Estado.
Considerando:
Que la ley N° 21.045 creó el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio como la Secretaría de Estado encargada de colaborar con el Presidente de la República en el diseño, formulación e implementación de políticas, planes y programas para contribuir al desarrollo cultural y patrimonial armónico y equitativo del país en toda su diversidad geográfica y las realidades e identidades regionales y locales, conforme a los principios contemplados en la ley.
Que el artículo 7 de la ley, creó la Subsecretaría de las Culturas y las Artes, señalando que ésta tendrá a su cargo la dirección administrativa de las Secretarías Regionales Ministeriales, así como la administración y servicio interno del Ministerio, del mismo modo que su artículo 8 dispuso que este Subsecretario de las Culturas y las Artes será el superior jerárquico de las referidas dependencias regionales.
Que por su parte, es un hecho público y notorio que desde comienzos del año 2020 hasta la fecha, tanto nuestro país...
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