Resolución núm. 410 EXENTA, publicada el 10 de Octubre de 2018. DELEGA FACULTADES QUE INDICA EN DIRECTOR REGIONAL DE SENDA, REGIÓN DE ÑUBLE - MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 741861401

Resolución núm. 410 EXENTA, publicada el 10 de Octubre de 2018. DELEGA FACULTADES QUE INDICA EN DIRECTOR REGIONAL DE SENDA, REGIÓN DE ÑUBLE

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Rango de LeyResolución

DELEGA FACULTADES QUE INDICA EN DIRECTOR REGIONAL DE SENDA, REGIÓN DE ÑUBLE

Núm. 410 exenta.- Santiago, 6 de septiembre de 2018.

Visto:

Lo dispuesto en el decreto con fuerza de ley N° 1-19.653, de 2000, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la ley N° 20.502 que crea el Ministerio del Interior y Seguridad Pública y el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol; en el decreto con fuerza de ley N° 2-20.502, de 2011, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; en la ley N° 19.880, de 2003, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; en el decreto exento N° 1.260, de fecha 11 de mayo de 2018, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; en la resolución N° 1.600, de 30 de octubre de 2008, de la Contraloría General de la República; y

Considerando:

  1. - Que, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, en adelante también Senda, es un servicio público descentralizado, dotado de patrimonio y personalidad jurídica propia, que tiene por objeto la ejecución de las políticas en materia de prevención del consumo de estupefacientes, sustancias psicotrópicas e ingestión abusiva de alcohol, y de tratamiento, rehabilitación y reinserción social de las personas afectadas por dichos estupefacientes y sustancias psicotrópicas. Le corresponde también la elaboración de una estrategia nacional de drogas y alcohol.

  2. - Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 41 del decreto con fuerza de ley N° 1 que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, el ejercicio de las atribuciones y facultades propias podrá ser delegado, cumpliendo los requisitos que la misma norma establece.

  3. - Que, por motivos de agilización y eficiencia administrativa, la superioridad de este Servicio, ha determinado delegar el ejercicio de materias específicas en el Director Regional del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, Región de Ñuble, o quien ocupe su cargo, lo que debe ser sancionado a través de la dictación del correspondiente acto administrativo.

Resuelvo:

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