Resolución núm. 410 EXENTA, publicada el 10 de Octubre de 2018. DELEGA FACULTADES QUE INDICA EN DIRECTOR REGIONAL DE SENDA, REGIÓN DE ÑUBLE
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA |
Rango de Ley | Resolución |
DELEGA FACULTADES QUE INDICA EN DIRECTOR REGIONAL DE SENDA, REGIÓN DE ÑUBLE
Núm. 410 exenta.- Santiago, 6 de septiembre de 2018.
Visto:
Lo dispuesto en el decreto con fuerza de ley N° 1-19.653, de 2000, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la ley N° 20.502 que crea el Ministerio del Interior y Seguridad Pública y el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol; en el decreto con fuerza de ley N° 2-20.502, de 2011, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; en la ley N° 19.880, de 2003, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; en el decreto exento N° 1.260, de fecha 11 de mayo de 2018, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; en la resolución N° 1.600, de 30 de octubre de 2008, de la Contraloría General de la República; y
Considerando:
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- Que, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, en adelante también Senda, es un servicio público descentralizado, dotado de patrimonio y personalidad jurídica propia, que tiene por objeto la ejecución de las políticas en materia de prevención del consumo de estupefacientes, sustancias psicotrópicas e ingestión abusiva de alcohol, y de tratamiento, rehabilitación y reinserción social de las personas afectadas por dichos estupefacientes y sustancias psicotrópicas. Le corresponde también la elaboración de una estrategia nacional de drogas y alcohol.
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- Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 41 del decreto con fuerza de ley N° 1 que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, el ejercicio de las atribuciones y facultades propias podrá ser delegado, cumpliendo los requisitos que la misma norma establece.
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- Que, por motivos de agilización y eficiencia administrativa, la superioridad de este Servicio, ha determinado delegar el ejercicio de materias específicas en el Director Regional del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, Región de Ñuble, o quien ocupe su cargo, lo que debe ser sancionado a través de la dictación del correspondiente acto administrativo.
Resuelvo:
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