Resolución núm. 41 EXENTA, publicada el 12 de Febrero de 2021. COMPLEMENTA LA RESOLUCIÓN N° 20 EXENTA, DE 20.01.2021, DE LA DIRECCIÓN GENERAL, QUE DELEGA EN EL DIRECTOR DE SALUD DE CARABINEROS LA FACULTAD DE SUSCRIBIR DOCUMENTOS Y ACTOS ADMINISTRATIVOS QUE INDICA
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA |
Rango de Ley | Resolución |
COMPLEMENTA LA RESOLUCIÓN N° 20 EXENTA, DE 20.01.2021, DE LA DIRECCIÓN GENERAL, QUE DELEGA EN EL DIRECTOR DE SALUD DE CARABINEROS LA FACULTAD DE SUSCRIBIR DOCUMENTOS Y ACTOS ADMINISTRATIVOS QUE INDICA
Núm. 41 exenta.- Santiago, 5 de febrero de 2021.
Visto:
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El artículo 51°, de la Ley N° 18.961, Orgánica Constitucional de Carabineros de Chile, que establece las facultades conferidas al General Director de Carabineros para la dirección y administración de la Institución;
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El artículo 52°, letra j), de la Ley N° 18.961, Orgánica Constitucional de Carabineros de Chile, que autoriza al General Director de Carabineros para delegar, mediante resolución, parte de sus atribuciones meramente administrativas u obligaciones o deberes de carácter protocolar, en otras autoridades institucionales, incluyendo la facultad de firmar en determinados actos sobre materias específicas;
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Los artículos 3°, 7°, 48° y 62°, de la Ley N° 19.880, que establece "Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado";
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La Orden General N° 2702, de fecha 30.10.2019, que aprueba la Directiva de Organización y Funcionamiento de la Dirección de Compras Públicas de Carabineros de Chile;
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La Orden General N° 2775, de fecha 24.06.2020, que aprueba el Manual de Procedimientos de la Dirección de Compras Públicas de Carabineros de Chile;
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La resolución exenta N° 20, de fecha 20.01.2021, de la Dirección General, que delega en el Director de Salud de Carabineros la facultad de suscribir documentos y actos administrativos, que indica;
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Lo establecido en la resolución N° 7, de 26.03.2019, y en su similar N° 16, de 30.11.2020, ambas de la Contraloría General de la República, que fijan normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.
Considerando:
1) El principio de coordinación administrativa contenido en el artículo 5°, inciso 2°, de la Ley N° 18.575, de "Bases Generales de la Administración del Estado", en cuya virtud "los órganos de la Administración del Estado deberán cumplir sus cometidos coordinadamente y propender a la unidad de acción, evitando la duplicación o interferencia de funciones".
2) La Orden General N° 2702, de fecha 30.10.2019, que aprueba la Directiva de Organización y Funcionamiento de la Dirección de Compras Públicas de Carabineros de Chile, que señala que la referida Alta Repartición tiene como Misión gestionar los procesos administrativos para la adquisición y contratación, a título oneroso, de...
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