Resolución núm. 41 EXENTA, publicada el 20 de Enero de 2015. DELEGA FACULTADES A COORDINADOR REGIONAL DE SUBVENCIONES DE LA UNIDAD DE SUBVENCIONES - MINISTERIO DE EDUCACIÓN - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 553502578

Resolución núm. 41 EXENTA, publicada el 20 de Enero de 2015. DELEGA FACULTADES A COORDINADOR REGIONAL DE SUBVENCIONES DE LA UNIDAD DE SUBVENCIONES

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE EDUCACIÓN
Rango de LeyResolución

DELEGA FACULTADES A COORDINADOR REGIONAL DE SUBVENCIONES DE LA UNIDAD DE SUBVENCIONES

Núm. 41 exenta.- Santiago, 15 de enero de 2015.- Vistos: Lo dispuesto en el DFL Nº1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la ley Nº 20.529 del Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Parvularia, Básica y Media y su Fiscalización; la ley 19.880 que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; la ley 18.956 que reestructura el Ministerio de Educación; la ley Nº 20.641 de Presupuestos del Sector Público para el año 2013; la Partida 09, Capítulo 01, Programa 20, Glosa 01 de la ley Nº 20.713, de Presupuestos del Sector Público para el año 2014; la Partida 09, Capítulo 01, Programa 20, Glosa 01 de la ley Nº 20.798 de Presupuestos del Sector Público para el año 2015; el DFL Nº29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo; el DFL Nº 2, de 1998, del Ministerio de Educación, sobre Subvención del Estado a Establecimientos Educacionales; el DFL Nº2, de 2009, del Ministerio de Educación, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 20.370, con las normas no derogadas del DFL Nº 1, de 2005; el decreto supremo Nº315, de 2010, del Ministerio de Educación, que Reglamenta Requisitos de Adquisición, Mantención y Pérdida del Reconocimiento Oficial del Estado a los establecimientos Educacionales de Educación Parvularia, Básica y Media; el decreto supremo Nº8.144, de 1980, del Ministerio de Educación; el DFL Nº 4, de 2012, del Ministerio de Educación, que fija planta de personal de la Superintendencia de Educación, y regula materias señaladas en los tercero, quinto y sexto transitorios de la ley Nº 20.529; el decreto supremo Nº338, de 2012, del Ministerio de Educación, que encasilla y traspasa personal entre el Ministerio de Educación y la Superintendencia de Educación; y la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.

Considerando:

  1. - Que es función del Ministerio de Educación adoptar las medidas y generar las condiciones que sean necesarias para un efectivo cumplimiento de los fines que le son propios y que es una política institucional modernizar y desconcentrar su gestión.

  2. - Que, en este marco, se reforzó hasta el año 2012 la inspección, fiscalización y el pago de la subvención estatal de los establecimientos educacionales del país, optimizando los recursos tanto humanos como materiales para llevar a cabo dichas funciones, creándose para estos efectos la Unidad de Subvenciones por ley Nº 20.314 de Presupuestos para el año 2009, continuando su existencia en las siguientes leyes de presupuestos del sector público: Ley Nº 20.407, para el año 2010; ley Nº 20.481, para el año 2011; la ley Nº 20.557, para el año 2012; ley Nº20.641, para el año 2013; la ley Nº 20.713, para el año 2014, y ley Nº 20.798, para el año 2015.

  3. - Que con la entrada en vigencia de la Superintendencia de Educación en el año 2012, la ley Nº 20.641, de Presupuestos del Sector Público para el año 2013, concentra en la Unidad de Subvenciones sólo aquellas funciones propias y conexas a la administración de la subvención estatal a establecimientos educacionales que perciben este beneficio.

  4. - Que, respecto a los procedimientos administrativos sancionatorios, tramitados conforme al DFL Nº 2, de 2009, del Ministerio de Educación, sobre la Ley General de Educación y conforme al DFL Nº2, de 1998, del Ministerio de Educación, sobre subvenciones del Estado a establecimientos educacionales, aún pendientes, se deberán seguir tramitando por esta Secretaría Ministerial de Educación, aunque las normas pertinentes hayan sido expresamente derogadas por la ley Nº 20.529 de aseguramiento de la calidad de la educación escolar.

  5. - Que, en efecto, como lo ha señalado la...

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