Resolución núm. 405 EXENTA, publicada el 24 de Abril de 2021. LLAMA A LA PRESENTACIÓN DE PROYECTOS HABITACIONALES DEL PROGRAMA DE INTEGRACIÓN SOCIAL Y TERRITORIAL, REGULADO POR EL DS Nº 19 (V. Y U.) DE 2016, Y SUS MODIFICACIONES EN DOS TERRENOS DE PROPIEDAD DE SERVIU DE LA REGIÓN METROPOLITANA, UBICADOS EN LAS COMUNAS DE LA PINTANA Y PEÑALOLÉN - MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 865043280

Resolución núm. 405 EXENTA, publicada el 24 de Abril de 2021. LLAMA A LA PRESENTACIÓN DE PROYECTOS HABITACIONALES DEL PROGRAMA DE INTEGRACIÓN SOCIAL Y TERRITORIAL, REGULADO POR EL DS Nº 19 (V. Y U.) DE 2016, Y SUS MODIFICACIONES EN DOS TERRENOS DE PROPIEDAD DE SERVIU DE LA REGIÓN METROPOLITANA, UBICADOS EN LAS COMUNAS DE LA PINTANA Y PEÑALOLÉN

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
Rango de LeyResolución

LLAMA A LA PRESENTACIÓN DE PROYECTOS HABITACIONALES DEL PROGRAMA DE INTEGRACIÓN SOCIAL Y TERRITORIAL, REGULADO POR EL DS Nº 19 (V. Y U.) DE 2016, Y SUS MODIFICACIONES EN DOS TERRENOS DE PROPIEDAD DE SERVIU DE LA REGIÓN METROPOLITANA, UBICADOS EN LAS COMUNAS DE LA PINTANA Y PEÑALOLÉN

Núm. 405 exenta.- Santiago, 16 de abril de 2021.

Vistos:

  1. El DS Nº 19 (V. y U.), de 2016, y sus modificaciones, que Reglamenta el Programa de Integración Social y Territorial.

  2. La resolución exenta Nº 68 (V. y U.), de fecha 22 de enero de 2021, que autoriza efectuar llamados a postulación para subsidios habitacionales en sistemas y programas habitacionales que indica y señala el monto de recursos destinados, entre otros, al programa regulado por el DS Nº 19 (V. y U.), de 2016.

  3. La circular Nº 1, del Subsecretario de Vivienda y Urbanismo, del 25 de enero de 2021, que fija programa habitacional correspondiente al año 2021.

  4. El DS Nº 1 (V. y U.), de fecha 6 de junio de 2011 que reglamenta el Sistema Integrado Subsidio Habitacional.

  5. La resolución exenta Nº 4.832 (V. y U.), de fecha 14 de junio de 2012, publicada en el Diario Oficial de 18 de junio de 2012, y su modificación, que aprueba "Tabla de Espacios y Usos Mínimos para el Mobiliario del DS Nº 1 e Itemizado Técnico para Proyectos del Título I del DS Nº 1.

  6. La resolución exenta Nº 6.625 (V. y U.), de fecha 13 de octubre de 2016, y sus modificaciones que Aprueba Cuadro Normativo y Tabla de Espacios y Usos mínimos para el Mobiliario para Proyectos del Programa Fondo Solidario de Elección de Vivienda.

  7. Las facultades que me confiere el DS Nº 397 (V. y U.) de 1977 que fija el Reglamento Orgánico de las Secretarías Ministeriales de Vivienda y Urbanismo y el DS Nº 41 (V. y U.) del 18 de diciembre 2019, que me nombra como Secretario Regional Ministerial Metropolitano de Vivienda y Urbanismo.

  8. La resolución Nº 7 de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija nuevas normas sobre exención del trámite de toma de razón.

  9. La resolución exenta Nº 581, de fecha 26 de marzo de 2020, de la Secretaría Ministerial Metropolitana de Vivienda y Urbanismo, que Establece Tramitación Electrónica para este Servicio.

  10. El Oficio Nº 3610 de 17 de marzo de 2020, de la Contraloría General de la República.

  11. El DS Nº 104 de 18 de marzo de 2020, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que Declara Estado de Excepción Constitucional de Catástrofe, por calamidad pública, en el territorio de Chile.

  12. El DS Nº 269 de 16 de junio de 2020, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que Prorroga Declaración de Estado de Excepción Constitucional de Catástrofe, por Calamidad Pública, en el Territorio de Chile, por el lapso que indica.

    Considerando:

  13. El ordinario Nº 2.948, de fecha 9 de octubre de 2020, del Seremi Metropolitano de Vivienda y Urbanismo, mediante el cual solicita autorización al Ministro de Vivienda y Urbanismo para la aplicación del Programa individualizado en el visto a) precedente, en dos terrenos de propiedad del Serviu de la Región Metropolitana ubicados en las comunas de La Pintana y Peñalolén.

  14. La resolución exenta Nº 37 (V. y U.), de fecha 15 de enero de 2021, que autoriza la aplicación del Programa de Integración Social y Territorial, regulado por el DS Nº 19 (V. y U.), de 2016, y sus modificaciones y la realización de un llamado a concurso en condiciones especiales, para la presentación de proyectos en terrenos de propiedad de Serviu Región Metropolitana, ubicados en las comunas de La Pintana y Peñalolén.

  15. El ordinario Nº 621 de fecha 25 de febrero de 2021 que solicita, definir zona "Sauzal III" de la comuna de Peñalolén, para aplicar lo establecido en Art.7º c) del DS Nº 19 (V. y U.) de 2016.

  16. El ordinario Nº 965 de fecha 25 de marzo de 2021 que complementa lo solicitado en Ord. Nº 621 de fecha 25.02.2021 y propone zona en las comunas de Peñalolén, Macul y La Florida para aplicar lo establecido en Art.7º, letra c) del DS Nº 19 (V. y U.) de 2016.

  17. La resolución exenta Nº 466 de fecha 14.04.2021 que define zonas para la aplicación del Artículo Nº 7, letra c) del DS Nº 19 (V. y U.) de 2016, para el desarrollo de proyectos de Integración Social y Territorial, en las comunas de Peñalolén, La Florida y Macul, todas de la Región Metropolitana.

  18. Que dentro de los objetivos del Minvu, se encuentra disminuir el déficit habitacional de los sectores vulnerables y medios de la población, reduciendo la inequidad y fomentando la integración social, por lo que se hace necesario generar proyectos habitacionales que cumplan dicha finalidad en todas las regiones del país.

  19. Que, en la Región Metropolitana, de acuerdo a los datos entregados por el Censo de Población y Vivienda 2017, el requerimiento de viviendas alcanza las 154.608 unidades, equivalente al 6,9% de los hogares. En el caso de las comunas de La Pintana y Peñalolén, el requerimiento alcanza las 4.680 y 5.910 viviendas respectivamente, con lo cual el déficit habitacional cuantitativo que actualmente presentan dichas comunas equivale al 11,46% y al 8,43% de los hogares, respectivamente.

  20. Que el Serviu Región Metropolitana dispone de terrenos en las comunas de La Pintana y Peñalolén que cumplen con las condiciones para gestionar un Proyecto de Integración Social, en el marco del DS Nº 19 (V. y U.), de 2016. Los terrenos se agrupan en dos sectores, el primero, corresponde a Antumapu III, el cual considera cuatro predios urbanos ubicados en la comuna de La Pintana cuyos Roles de Avalúo SII son: 6029-1, 6030-1, 6011-1 y 6008-1. El segundo sector, El Sauzal III, corresponde a seis predios urbanos ubicados en la comuna de Peñalolén y sus Roles de Avalúo SII son: 9124-76, 9123-1, 9123-2, 9123-3, 9123-4 y 9123-5.

  21. Que la ejecución de los proyectos habitacionales de Integración Social que resulten seleccionados en el presente llamado a concurso regional del DS Nº 19 (V. y U.), de 2016, generarán soluciones habitacionales para familias vulnerables y de sectores medios, que permitirán atender parte del déficit habitacional de la Región Metropolitana.

    Resuelvo:

    1. LLAMADO A CONCURSO

      Llámase a presentación de proyectos habitacionales del Programa de Integración Social y Territorial, regulado por el DS Nº 19 (V. y U.), de 2016, y sus modificaciones en terrenos de propiedad de Serviu Metropolitano, ubicados en las comunas de La Pintana y Peñalolén, singularizados en el Considerando h) de la presente resolución.

      Este llamado a postulación regional tendrá una duración de 90 días hábiles a contar de la fecha de publicación de la presente resolución en el Diario Oficial.

      La entrega de los antecedentes del llamado y los terrenos se realizará en archivo digital. Las Entidades Desarrolladoras interesadas deberán enviar solicitud al mail concursosds19@minvu.cl, indicando nombre del profesional a cargo de la propuesta y empresa requirente.

      Durante el período de postulación, las entidades desarrolladoras deberán presentar los proyectos habitacionales con la documentación y antecedentes exigidos por dicho reglamento de acuerdo a lo establecido en Protocolo de Ingreso de Proyecto que forma parte de los Anexos de la presente resolución.

      Previamente las entidades desarrolladoras deberán ingresar los datos del proyecto, a través de los medios electrónicos que el Ministerio de Vivienda y Urbanismo (en adelante Minvu) disponga para estos efectos, para lo cual deberán contar con una clave de acceso proporcionada por el Serviu.

      Los antecedentes detallados en el Anexo Nº 1: Lista de Antecedentes, deberán ser presentados en formato digital, debiendo cumplir con los requisitos...

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