Resolución núm. 4000 EXENTA, publicada el 19 de Enero de 2024. RECTIFICA LA RESOLUCIÓN D.G.A. (EXENTA) Nº1752, DE 7 DE JULIO DE 2023 QUE DEJA SIN EFECTO RESOLUCIÓN D.G.A. (EXENTA) N°1400, DE 15 DE JUNIO DE 2007, Y APRUEBA MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA CONSERVACIÓN Y PROTECCIÓN DE RECURSOS HÍDRICOS - MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 976729037

Resolución núm. 4000 EXENTA, publicada el 19 de Enero de 2024. RECTIFICA LA RESOLUCIÓN D.G.A. (EXENTA) Nº1752, DE 7 DE JULIO DE 2023 QUE DEJA SIN EFECTO RESOLUCIÓN D.G.A. (EXENTA) N°1400, DE 15 DE JUNIO DE 2007, Y APRUEBA MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA CONSERVACIÓN Y PROTECCIÓN DE RECURSOS HÍDRICOS

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Rango de LeyResolución

RECTIFICA LA RESOLUCIÓN D.G.A. (EXENTA) Nº1752, DE 7 DE JULIO DE 2023 QUE DEJA SIN EFECTO RESOLUCIÓN D.G.A. (EXENTA) N°1400, DE 15 DE JUNIO DE 2007, Y APRUEBA MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA CONSERVACIÓN Y PROTECCIÓN DE RECURSOS HÍDRICOS

Núm. 4.000 exenta.- Santiago, 28 de diciembre de 2023.

Vistos:

  1. La Resolución D.G.A. (exenta) N°1752, de 7 de julio de 2023 que deja sin efecto la Resolución DGA (exenta) N°1400, de 15 de junio de 2007 y aprueba el Manual de Normas y Procedimientos para la Conservación y Protección de Recursos Hídricos;

  2. El Decreto con Fuerza de Ley N° 1122, de 29 de octubre de 1981, que fija texto del Código de Aguas;

  3. El Decreto con Fuerza de Ley MOP Nº 850, de 25 de febrero de 1997, que fija el nuevo texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 15.840, de 1964, Orgánica del Ministerio de Obras Públicas y del Decreto con Fuerza de Ley, del mismo Ministerio Nº 206, de 1960, sobre construcción y conservación de caminos;

  4. La Ley N° 21.064, que Introduce Modificaciones al Marco Normativo que Rige las Aguas en Materia de Fiscalización y Sanciones, publicada en el Diario Oficial el 27 de enero de 2018;

  5. Lo dispuesto en la Ley N° 19.880, de 2003, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado;

  6. El decreto MOP Nº 12, de 15 de enero de 1992, que establece la Organización y Funciones de la Dirección General de Aguas;

  7. Ley Nº19.300, de 9 de marzo de 1994, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueba Bases Generales del Medio Ambiente;

  8. La resolución DGA (exenta) N°1400, de 15 de junio de 2007, que aprobó el Manual de Normas y Procedimientos para la Conservación y Protección de Recursos Hídricos;

  9. Lo dispuesto en el artículo 62º, de la Ley Nº 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado;

  10. La resolución Nº 7, de 26 de marzo de 2019, que Fija Normas Sobre Exención del Trámite de Toma de Razón;

  11. La atribución que me confiere el artículo 300 literal c) del Código de Aguas; y,

    Considerando:

  12. Que, mediante la Resolución D.G.A. (exenta) N°1752, de 7 de julio de 2023, se dejó sin efecto la Resolución DGA (exenta) N°1400, de 15 de junio de 2007 y se aprobó el Manual de Normas y Procedimientos para la Conservación y Protección de Recursos Hídricos.

  13. Que, el Decreto con Fuerza de Ley MOP N° 850/1997, establece que a la DGA le corresponden todas las funciones y atribuciones que le confiere el Código de Aguas, particularmente las expuestas en los artículos 299 y siguientes, y las establecidas en el DFL MOP N°1.115/1969.

  14. Que, a su vez, a este Servicio le corresponden las funciones establecidas en la normativa ambiental, particularmente la Ley 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, para los Organismos de la Administración del Estado con Competencia Ambiental.

  15. Que, asimismo, conforme al Decreto MOP Nº 12/1992, que establece la organización de la Dirección General de Aguas, al Departamento de Conservación y Protección de Recursos Hídricos le corresponde proponer y desarrollar la política sobre la conservación y protección de los recursos hídricos, y coordinar las funciones que correspondan en estas materias a los distintos organismos y servicios públicos.

  16. Que, por otra parte, la reforma al Código de Aguas, dispuesta por la Ley N° 21.064/2018, que introduce modificaciones al marco normativo que rige las aguas en materia de fiscalización y sanciones, la dictación de la Ley Nº 20.417/2010, que modificó la Ley Nº 19.300/1994 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, y que creó el Ministerio de Medio Ambiente, el Servicio de Evaluación Ambiental y la Superintendencia del Medio Ambiente, sumado a la Ley N° 20.600/2012, que creó los Tribunales Ambientales; imponen nuevas responsabilidades y estándares en la conservación y protección de los componentes ambientales de competencia de la DGA.

  17. Que, debido a errores de transcripción por parte de este Servicio, en la versión del Manual de normas y procedimientos para la conservación y protección de recursos hídricos, aprobada mediante la Resolución D.G.A. (exenta) N°1752, de 7 de julio de 2023, corresponde modificar la citada resolución incorporando el texto corregido.

  18. Que, el artículo 62 de la Ley N° 19.880, de 2003, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los órganos de la Administración del Estado, dispone que en cualquier momento, la autoridad administrativa que hubiere dictado una decisión que ponga término a un procedimiento podrá, de oficio o a petición del interesado, aclarar los puntos dudosos u obscuros y rectificar los errores de copia, de referencia, de cálculos numéricos y, en general los puramente materiales o de hechos que aparecieren de manifiesto en el acto administrativo, lo que en la especie ha ocurrido.

  19. Que, en consecuencia, corresponde rectificar de oficio la Resolución D.G.A. (exenta) N°1752, de 7 de julio de 2023, incorporando el nuevo texto del Manual de Normas y Procedimientos para la Conservación y Protección de Recursos Hídricos, en virtud del artículo 62 de la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.

    Resuelvo:

    1. Rectifíquese la Resolución D.G.A. (exenta) N°1752, de 7 de julio de 2023, en el sentido de aprobar, a contar de la fecha de dictación de la presente Resolución el Manual de Normas y Procedimientos para la Conservación y Protección de Recursos Hídricos, cuyo texto definitivo se señala a continuación:

    GOBIERNO DE CHILE

    MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS

    DIRECCIÓN GENERAL DE AGUAS

    DEPTO. DE CONSERVACIÓN Y PROTECCIÓN DE LOS RECURSOS HÍDRICOS

    MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA CONSERVACIÓN Y PROTECCIÓN DE RECURSOS HÍDRICOS

    REALIZADO POR:

    DEPARTAMENTO DE CONSERVACIÓN Y PROTECCIÓN DE RECURSOS HÍDRICOS

    SDT N°453 de 2023

    DIRECCIÓN GENERAL DE AGUAS

    Edición y elaboración del presente manual

    Diego San Miguel Cornejo

    Mónica Musalem Jara

    Mariela Henríquez Salgado

    Sergio Vilches Enríquez

    ÍNDICE DE CONTENIDOS

  20. INTRODUCCIÓN

  21. OBJETIVO Y ALCANCE

  22. CRITERIOS PARA LA EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL

    3.1. Aspectos teóricos

    3.1.1. Predicción de impactos ambientales

    3.1.1.1. Identificación de impactos ambientales

    3.1.1.2. Estimación cuantitativa de impactos ambientales

    3.1.2. Evaluación de impactos ambientales

    3.2. Aplicación a las componentes ambientales de competencia de la DGA

    3.2.1. Predicción de impactos ambientales

    3.2.1.1 Identificación de impactos ambientales

    3.2.1.2 Estimación cuantitativa de impactos ambientales

    3.2.2. Evaluación de impactos ambientales

    3.2.2.1. Afectación de la permanencia del recurso, asociada a su disponibilidad, utilización y aprovechamiento racional futuro

    3.2.2.2. Alteración de la capacidad de regeneración o renovación del recurso

    3.2.2.3. Alteración de las condiciones que hacen posible la presencia y desarrollo de las especies y ecosistemas

    3.2.2.4. Énfasis en recursos escasos, únicos o representativos

    3.2.2.5. Resumen

    3.3. Ejemplos

    3.3.1. Impactos provocados por la acción 'Extraer agua'

    3.3.2. Impacto 'Alteración del régimen de caudales'

    3.4. Medidas de mitigación, reparación y compensación

    3.5. Plan de Seguimiento de las Variables Ambientales

    3.6. Permisos Ambientales Sectoriales de competencia de la DGA

    3.6.1. Aspectos generales que considerar para el pronunciamiento

    3.6.2. Criterios particulares para el pronunciamiento de los PAS 155, 156 y 157

    3.7. Estrategia DGA

    3.7.1. Cuantificación de tiempos y cargas de trabajo

    3.7.2. Revisión del Capítulo 'Descripción pormenorizada de aquellos efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la LBGMA'

    3.7.3. Revisión del Capítulo 'Descripción de Proyecto'

    3.7.4. Revisión del Capítulo 'Línea de Base'

    3.7.5. Revisión del Capítulo 'Predicción y Evaluación de Impactos Ambientales'

    3.7.6. Revisión del Capítulo 'Medidas de Mitigación, Reparación y/o Compensación'

    3.7.7. Revisión del Capítulo 'Planes de Seguimiento de Variables Ambientales'

    3.7.8. Revisión del Capítulo 'Permisos Ambientales Sectoriales'

    3.7.9. Revisión del ICE

    3.7.10. Revisión de la Participación Ciudadana (PAC)

    3.7.11. Solicitudes de apoyo en materias específicas

  23. NORMAS DE CALIDAD AMBIENTAL Y DE EMISIÓN

    4.1 Norma de emisión para la regulación de contaminantes asociados a descargas de residuos líquidos a aguas marinas y continentales superficiales, DS MINSEGPRES N°90/2000

    4.1.1 Determinación del caudal disponible del cuerpo receptor

    4.1.2 Determinación de contenido natural

    4.1.3 Determinación de contenido de captación

    4.2 Norma de emisión de residuos líquidos a aguas subterráneas, DS MINSEGPRES N°46/2002

    4.2.1 Determinación de la vulnerabilidad de acuíferos

    4.2.2 Determinación del contenido natural de acuíferos

    4.3 Normas Secundarias de Calidad de Ambiental (NSCA)

  24. FISCALIZACIÓN AMBIENTAL

    5.1. Procedimientos de Fiscalización Ambiental

    5.1.1 Inicio del Procedimiento de Fiscalización

    5.1.2 Actividades de Fiscalización Ambiental

    5.1.3 Término del Procedimiento de Fiscalización

    5.2. Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental

    5.3. Fiscalización ambiental de la DGA

    5.3.1 Fiscalización ambiental de RCA encomendada por la SMA

    5.3.2 Fiscalización ambiental de Normas de Calidad Ambiental y de Emisión

    5.3.3 Fiscalización ambiental de Programas de Cumplimiento

    5.4. Sobre la fiscalización ambiental y sectorial de hechos regulados tanto en una RCA como en el Código de Aguas

    5.4.1 Fundamentos legales

    5.4.2 Ejemplo de obra de defensa en un cauce natural

    5.4.3 Ejemplo de ejercicio de derecho de aprovechamiento

    5.5. Sobre el cumplimiento de las normas del Código de Aguas de proyectos con RCA

    5.6. Estrategia recomendada para la fiscalización ambiental

    5.6.1 Estrategia para realizar las actividades de 'Inspección Ambiental'

    5.6.2 Estrategia para realizar los 'Exámenes de Información'

    5.6.3 Estrategia para realizar las...

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