Resolución núm. 40 EXENTA, publicada el 06 de Diciembre de 2023. AUTORIZA EL LLAMADO PÚBLICO A PRESENTAR SOLICITUDES PARA OBTENER LA CALIDAD DE MEDIADOR ACREDITADO DEL SERVICIO NACIONAL DE REINSERCIÓN SOCIAL JUVENIL, PARA IMPLEMENTAR EL PROGRAMA DE MEDIACIÓN PENAL JUVENIL DISPUESTO PARA ESTE FIN, EN LOS TÉRMINOS QUE INDICA - MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 971502547

Resolución núm. 40 EXENTA, publicada el 06 de Diciembre de 2023. AUTORIZA EL LLAMADO PÚBLICO A PRESENTAR SOLICITUDES PARA OBTENER LA CALIDAD DE MEDIADOR ACREDITADO DEL SERVICIO NACIONAL DE REINSERCIÓN SOCIAL JUVENIL, PARA IMPLEMENTAR EL PROGRAMA DE MEDIACIÓN PENAL JUVENIL DISPUESTO PARA ESTE FIN, EN LOS TÉRMINOS QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Rango de LeyResolución

AUTORIZA EL LLAMADO PÚBLICO A PRESENTAR SOLICITUDES PARA OBTENER LA CALIDAD DE MEDIADOR ACREDITADO DEL SERVICIO NACIONAL DE REINSERCIÓN SOCIAL JUVENIL, PARA IMPLEMENTAR EL PROGRAMA DE MEDIACIÓN PENAL JUVENIL DISPUESTO PARA ESTE FIN, EN LOS TÉRMINOS QUE INDICANúm. 40 exenta.- Santiago, 29 de noviembre de 2023.Visto:Lo dispuesto en la Constitución Política de la República de Chile, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto Nº 100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en la ley Nº 18.575, orgánica constitucional de bases generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto con fuerza de ley Nº 1-19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en la ley Nº 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; en la ley Nº 21.430 sobre Garantías y Protección Integral de los Derechos de la Niñez y Adolescencia; en la ley Nº 21.527 que crea el Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil e introduce modificaciones a la ley Nº 20.084 sobre responsabilidad penal de adolescentes, y a otras normas que indica; en la ley Nº 20.084, que establece un sistema de responsabilidad de los adolescentes por infracciones a la ley penal; en la Convención sobre los Derechos del Niño promulgada por el decreto supremo Nº 830, de 1990, del Ministerio de Relaciones Exteriores; en la resolución exenta Nº 39/2023, del Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil, que formaliza el acuerdo del consejo de estándares y acreditación referido a la aprobación de estándares de personas naturales, en los términos que indica; en la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención de trámite de toma de razón, en las demás normas vigentes, pertinentes y aplicables; yConsiderando:Que, la ley Nº 21.527 en adelante la Ley, en su artículo 1º crea el Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil como un servicio público descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, bajo la supervigilancia del Presidente de la República a través del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos;Que, el artículo 2º de la Ley, en cuanto a su objeto, establece que el Servicio es la entidad especializada responsable de administrar y ejecutar las medidas y sanciones contempladas por la ley Nº 20.084, mediante el desarrollo de programas que contribuyan al abandono de toda conducta delictiva, a la integración social de los sujetos de su atención y a la implementación de políticas de carácter intersectorial en la materia;Que, el literal b) del artículo 13 de la Ley prescribe que corresponderá al Servicio ejecutar, directamente o a través de organismos acreditados las medidas y sanciones aplicadas a los sujetos de atención en conformidad a la ley Nº 20.084, conforme al modelo de intervención a que se refiere el Título II de la Ley;Que, el artículo 29...

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