Resolución núm. 4 EXENTA, publicada el 31 de Enero de 2023. DESTINA COMO PASEO PEATONAL LA AV. FRANCISCO BILBAO, COMUNA DE PITRUFQUÉN, EN TRAMO QUE INDICA
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES |
Rango de Ley | Resolución |
DESTINA COMO PASEO PEATONAL LA AV. FRANCISCO BILBAO, COMUNA DE PITRUFQUÉN, EN TRAMO QUE INDICA
Núm. 4 exenta.- Temuco, 11 de enero de 2023.
Vistos:
La ley Nº 18.059; las resoluciones Nº 39 de 1992 y Nº 59 de 1985, ambas del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; el artículo 161 del DFL Nº 1, de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y de Justicia, que fija texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley de Tránsito; el Certificado Nº 68/2022, de fecha 1 de diciembre de 2023, de la Dirección de Tránsito y Transporte Público de la Municipalidad de Pitrufquén; el Ingreso Nº 3988, de fecha 22 de diciembre de 2023, presentado por la alcaldía de la Municipalidad de Pitrufquén ante esta Secretaría Regional Ministerial; la resolución Nº 7 del 2019, de la Contraloría General de la República, y demás normativa vigente que resulte aplicable.
Considerando:
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Que, mediante Ingreso Nº 3988, de fecha 22 de diciembre de 2023, de la Municipalidad de Pitrufquén, en el marco de la "Transformación de Av. Francisco Bilbao, entre calles A. Bello y Vicuña Mackenna, en la comuna de Pitrufquén, a Paseo Peatonal por un período de tres (03) meses"; se remitió a esta Secretaría Regional Ministerial la solicitud de Corte Total y la correspondiente prohibición de circulación a todo tipo de vehículos motorizados en Av. Francisco Bilbao, entre calles Andrés Bello y Vicuña Mackenna, en la comuna de Pitrufquén.
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Que, el Certificado Nº 68/2022, de fecha 1 de diciembre de 2022, citado en los vistos, del Departamento de Tránsito de la Municipalidad de Pitrufquén, aprueba las condiciones necesarias de señalización y seguridad, debiendo apegarse estrictamente a lo establecido en el citado documento; toda vez que no existiría impedimento para llevar a cabo peatonalización de calle ya que existen rutas alternativas.
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Que, esta Secretaría Regional Ministerial puede autorizar, de acuerdo al artículo Nº 161 del DFL Nº 1, de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y de Justicia, que una determinada calle sea destinada a un uso distinto del tránsito de vehículos.
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Que, según Informe Técnico de la División de Transporte Público Regional (DTPR), de esta Secretaría Regional Ministerial, se deben contemplar las siguientes consideraciones:
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De acuerdo a la solicitud de corte total de Av. Francisco Bilbao, entre calles Andrés Bello y Vicuña Mackenna, en la comuna de Pítrufquén, se informa que en el tramo solicitado no existen...
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