Resolución núm. 395 EXENTA, publicada el 04 de Noviembre de 2020. DEJA SIN EFECTO LAS RESOLUCIONES EXENTAS N° 656/2015, N° 789/2015, N° 347/2016, Y FIJA PLAZOS, MODALIDADES DE PAGO, TASAS DE INTERÉS, DERECHOS Y COMISIONES, SOBRE LOS CRÉDITOS DE PRENDA CIVIL COMO TAMBIÉN LAS APLICABLES A LOS REMATES FISCALES, JUDICIALES Y MUNICIPALES REALIZADOS POR DICREP - MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 851376577

Resolución núm. 395 EXENTA, publicada el 04 de Noviembre de 2020. DEJA SIN EFECTO LAS RESOLUCIONES EXENTAS N° 656/2015, N° 789/2015, N° 347/2016, Y FIJA PLAZOS, MODALIDADES DE PAGO, TASAS DE INTERÉS, DERECHOS Y COMISIONES, SOBRE LOS CRÉDITOS DE PRENDA CIVIL COMO TAMBIÉN LAS APLICABLES A LOS REMATES FISCALES, JUDICIALES Y MUNICIPALES REALIZADOS POR DICREP

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
Rango de LeyResolución

DEJA SIN EFECTO LAS RESOLUCIONES EXENTAS N° 656/2015, N° 789/2015, N° 347/2016, Y FIJA PLAZOS, MODALIDADES DE PAGO, TASAS DE INTERÉS, DERECHOS Y COMISIONES, SOBRE LOS CRÉDITOS DE PRENDA CIVIL COMO TAMBIÉN LAS APLICABLES A LOS REMATES FISCALES, JUDICIALES Y MUNICIPALES REALIZADOS POR DICREP

Núm. 395 exenta.- Santiago, 30 de octubre de 2020.

Vistos:

  1. La ley N° 18.575 Orgánica Constitucional, sobre Bases Generales de la Administración del Estado.

  2. La ley N° 19.880, del Ministerio Secretaria General de la Presidencia, sobre Bases de los Procedimientos Administrativos.

  3. El DFL N° 16 de 1986, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, Subsecretaría del Trabajo.

  4. El decreto N° 6.465 de 1951, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el reglamento de préstamos de la Dirección General del Crédito Prendario.

  5. Las resoluciones N° 6, N° 7 y N° 8 de 2019, todas de la Contraloría General de la República.

    Considerando:

  6. La resolución exenta N° 302 de fecha 13 de marzo de 2015, que autoriza la modalidad de pagos en cuotas de créditos pignoraticios.

  7. La resolución exenta N° 789 de fecha 14 de octubre de 2015, que deroga la resolución que indica y, fija derechos y comisiones a que se refiere el artículo 37 y la letra c) del artículo 10 del DFL N° 16 de 1986 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.

  8. La resolución exenta N° 656 de fecha 7 de agosto de 2015, que refunde las resoluciones exentas N° 800/2008 y N° 302/2015, que fijan plazos, modalidades de pago, tasas de interés y derechos sobre créditos con prenda civil.

  9. La resolución exenta N° 347 de fecha 20 de julio de 2016, que aclara la resolución exenta N° 656/2015 que refunde las resoluciones exentas N° 800/2008 y N° 302/2015, que fijan plazos, modalidades de pago, tasas de interés y derechos sobre créditos con prenda civil.

  10. Los deberes jurídicos de eficiencia y eficacia, que el legislador impone a los entes públicos, para que estos los ejecuten en el marco de las competencias que a cada uno le corresponden y, que en consecuencia, son principios generales que informan la organización administrativa.

  11. Que, en virtud de lo anterior, se hace necesario refundir los actos administrativos indicados en los considerandos 2, 3 y 4 en una sola resolución, a objeto de sistematizar las modalidades, plazos, tasa de interés, derechos y comisiones sobre los créditos pignoraticios otorgados a los usuarios de la Institución y de remates fiscales, judiciales, municipales y de plazo vencido, y en...

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