Resolución núm. 394 EXENTA, publicada el 16 de Febrero de 2018. AUTORIZA EXPERIENCIA DE PRUEBA DE SEÑALES DE PRIORIDAD PARA EL TRANSPORTE PÚBLICO QUE INDICA, EN LA CIUDAD DE SANTIAGO, REGIÓN METROPOLITANA - MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 703349181

Resolución núm. 394 EXENTA, publicada el 16 de Febrero de 2018. AUTORIZA EXPERIENCIA DE PRUEBA DE SEÑALES DE PRIORIDAD PARA EL TRANSPORTE PÚBLICO QUE INDICA, EN LA CIUDAD DE SANTIAGO, REGIÓN METROPOLITANA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyResolución

AUTORIZA EXPERIENCIA DE PRUEBA DE SEÑALES DE PRIORIDAD PARA EL TRANSPORTE PÚBLICO QUE INDICA, EN LA CIUDAD DE SANTIAGO, REGIÓN METROPOLITANA

Núm. 394 exenta.- Santiago, 1 de febrero de 2018.

Visto:

Lo dispuesto en el DFL 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el decreto ley N° 557, de 1974, del Ministerio del Interior, que crea el Ministerio de Transportes; en los decretos con fuerza de ley N° 343, de 1953, y N° 279, de 1960, ambos del Ministerio de Hacienda, relativos a la organización, obligaciones y atribuciones de la Subsecretaría de Transportes; en la ley N° 19.880, de 2003, sobre Bases de los Procedimientos Administrativos; en la ley N° 18.059, de 1981, que asigna al Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones el carácter de Organismo Rector Nacional de Tránsito y le señala atribuciones, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; los artículos 93 y 94 del DFL N° 1, de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones, y de Justicia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito N° 18.290; el DS N° 78, de 2012, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones que aprueba el "Manual de Señalización de Tránsito"; la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, y en la demás normativa aplicable.

Considerando:

  1. Que el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, citado en el visto, en su artículo 3°, expresa que el ejercicio de las funciones públicas debe orientarse a la promoción del bien común, atendiendo las necesidades públicas en forma continua y permanente, fomentando el desarrollo del país a través del ejercicio de las atribuciones que le confiere la Constitución y la ley.

    En tal sentido, la regulación del sistema de transporte público del país, corresponde al ámbito de las competencias y funciones públicas entregadas por el legislador al Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, en adelante Ministerio.

  2. Que los modos de transporte público incluyen, entre otros, buses, taxis y taxis colectivos, y que en las diferentes ciudades del país estos cumplen importantes roles en la promoción del parque y la movilidad de las personas, definidos por las necesidades locales asociadas.

  3. Que una de las medidas de gestión de tránsito para optimizar los tiempos de viaje y...

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