Resolución núm. 385 EXENTA, publicada el 05 de Marzo de 2019. DELEGA FACULTADES QUE INDICA EN LA SECRETARIA REGIONAL MINISTERIAL DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO DE LA REGIÓN METROPOLITANA - MINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 770121349

Resolución núm. 385 EXENTA, publicada el 05 de Marzo de 2019. DELEGA FACULTADES QUE INDICA EN LA SECRETARIA REGIONAL MINISTERIAL DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO DE LA REGIÓN METROPOLITANA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO
Rango de LeyResolución

DELEGA FACULTADES QUE INDICA EN LA SECRETARIA REGIONAL MINISTERIAL DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO DE LA REGIÓN METROPOLITANA

Núm. 385 exenta.- Valparaíso, 22 de febrero de 2019.

Visto:

Lo dispuesto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la Ley N° 19.880, sobre Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de la Administración del Estado; en la Ley N° 21.045, que crea el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio; en la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención de trámite de Toma de Razón; y en la resolución exenta N° 24, de 2018, de la Subsecretaría de las Culturas y las Artes, que delega facultades en los Secretarios Regionales Ministeriales.

Considerando:

Que la Ley N° 21.045 creó el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, cuyo objeto será colaborar con el Presidente de la República en el diseño, formulación e implementación de políticas, planes y programas para contribuir al desarrollo cultural y patrimonial armónico y equitativo del país en toda su diversidad geográfica y las realidades e identidades regionales y locales, conforme a los principios contemplados en la ley.

Que el artículo 4 de la referida ley indica que el Ministerio contemplará dentro de su estructura a la Subsecretaría de las Culturas y las Artes, la cual, de acuerdo al artículo 7 de la misma ley, estará a cargo de un Subsecretario, quien será el jefe superior del Servicio y le corresponderá desempeñar las funciones que se asigna la ley N° 18.575.

Que, asimismo, el artículo 8 de la mencionada ley establece que dicho Subsecretario será el superior jerárquico de las Secretarías Regionales Ministeriales.

Que el artículo 13 de la ley que creó este Ministerio contempla que en cada región del país existirá un Secretario Regional Ministerial, que será colaborador directo del intendente, que dependerá técnica y administrativamente del Ministerio, de acuerdo a la ley vigente.

Que el Subsecretario de las Culturas y las Artes en su calidad de Jefe Superior, podrá delegar sus atribuciones y facultades, de acuerdo a lo prescrito en el artículo 41 del decreto con fuerza de...

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