Resolución núm. 38 EXENTA, publicada el 29 de Junio de 2016. PONE EN EJECUCIÓN ACUERDO DEL COMITÉ DE DESARROLLO PRODUCTIVO REGIONAL DE ANTOFAGASTA QUE CREA INSTRUMENTO 'FORTALECIMIENTO GREMIAL Y COOPERATIVO' Y APRUEBA SU REGLAMENTO
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO |
Rango de Ley | Resolución |
PONE EN EJECUCIÓN ACUERDO DEL COMITÉ DE DESARROLLO PRODUCTIVO REGIONAL DE ANTOFAGASTA QUE CREA INSTRUMENTO "FORTALECIMIENTO GREMIAL Y COOPERATIVO" Y APRUEBA SU REGLAMENTO
Núm. 38 exenta.- Antofagasta, 10 de junio de 2016.
Visto:
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La resolución (A) N° 49, de 2015, del Vicepresidente Ejecutivo de Corfo, que puso en ejecución el Acuerdo de Consejo N° 2.868 de 2015, crea Comités de Desarrollo Productivo Regional y aprueba texto del Reglamento del "Comité de Desarrollo Productivo Regional de Antofagasta".
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La resolución (E) N° 1.762, de 2015, del Vicepresidente Ejecutivo de Corfo, que determinó como fecha de inicio de este Comité el 15 de octubre de 2015.
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La visación entregada por el Vicepresidente Ejecutivo de Corfo para la creación del instrumento de referencia, conforme consta en correo electrónico del 19 de abril de 2016.
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El Acuerdo alcanzado por el Consejo Directivo del Comité de Desarrollo Productivo Regional de Antofagasta, en Sesión N° 8, de 10 de mayo de 2016, que aprobó por unanimidad la creación del instrumento "Fortalecimiento Gremial y Cooperativo".
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Que las asignaciones para estos proyectos son inferiores a 5.000 Unidades Tributarias Mensuales.
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Lo dispuesto en el artículo 3° de la Ley N° 19.880, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado, en orden a que las decisiones de los órganos administrativos pluripersonales se llevarán a efecto por medio de resoluciones de la autoridad ejecutiva correspondiente.
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Las facultades que me otorga la resolución (A) N° 49, de 2015, del Vicepresidente Ejecutivo de Corfo, ya citada; la resolución (E) de Personal de Corfo N° 278, de 2015, que me designó como Directora Ejecutiva Interina del Comité de Desarrollo Productivo Regional de Antofagasta; y lo dispuesto en la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.
Resuelvo:
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Ejecútase el Acuerdo del Consejo Directivo del Comité de Desarrollo Productivo Regional de Antofagasta, adoptado en Sesión N° 8, celebrada el 10 de mayo de 2016, que aprobó la creación del instrumento "Fortalecimiento Gremial y Cooperativo".
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Apruébase, el siguiente Reglamento para el Instrumento "Fortalecimiento Gremial y Cooperativo".
REGLAMENTO
"FORTALECIMIENTO GREMIAL Y COOPERATIVO"
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OBJETO DEL INSTRUMENTO
Crear y desarrollar grupos de empresas regionales y fortalecer su asociatividad, su capacidad de gestión y de generar nuevos servicios y/o productos para sus asociados y/o mejorar los ya existentes.
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LÍNEAS Y PLAZOS
Este instrumento posee dos líneas:
Línea Cooperativas:
Modalidad 1 de Creación y Desarrollo: Destinada a la creación de cooperativas que requieran acompañamiento en el proceso de formalización y consolidación.
Su duración no podrá exceder de 6 (seis) meses.
Modalidad 2 de Fortalecimiento: Destinada al desarrollo y fortalecimiento de las cooperativas ya existentes, mejorando su capacidad de gestión, generando nuevos servicios y/o productos para sus asociados y/o mejorando los ya existentes.
Su duración no podrá exceder de 4 (cuatro) meses.
Línea Asociaciones Empresariales y/o Gremiales:
Modalidad 1 de Creación: Destinada a la creación de asociaciones empresariales y/o gremiales.
Su duración no podrá exceder de 4 (cuatro) meses.
Modalidad 2 de Fortalecimiento: Destinada a...
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