Resolución núm. 3696 EXENTA, publicada el 29 de Mayo de 2015. LLAMA A POSTULACIÓN EXTRAORDINARIA Y SIMPLIFICADA PARA LA ASIGNACIÓN DE SUBSIDIOS DESTINADOS AL FINANCIAMIENTO DE PROYECTOS DE REPARACIÓN DE VIVIENDAS, CORRESPONDIENTES AL TÍTULO II, MEJORAMIENTO DE LA VIVIENDA, DEL PROGRAMA DE PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO FAMILIAR, REGULADO POR EL DS Nº 255, DE 2006, DESTINADO A LA ATENCIÓN DE LOS DAMNIFICADOS DE LA COMUNA DE PUERTO OCTAY Y DE LA PROVINCIA DE LLANQUIHUE, REGIÓN DE LOS LAGOS - MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 571356110

Resolución núm. 3696 EXENTA, publicada el 29 de Mayo de 2015. LLAMA A POSTULACIÓN EXTRAORDINARIA Y SIMPLIFICADA PARA LA ASIGNACIÓN DE SUBSIDIOS DESTINADOS AL FINANCIAMIENTO DE PROYECTOS DE REPARACIÓN DE VIVIENDAS, CORRESPONDIENTES AL TÍTULO II, MEJORAMIENTO DE LA VIVIENDA, DEL PROGRAMA DE PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO FAMILIAR, REGULADO POR EL DS Nº 255, DE 2006, DESTINADO A LA ATENCIÓN DE LOS DAMNIFICADOS DE LA COMUNA DE PUERTO OCTAY Y DE LA PROVINCIA DE LLANQUIHUE, REGIÓN DE LOS LAGOS

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
Rango de LeyResolución

LLAMA A POSTULACIÓN EXTRAORDINARIA Y SIMPLIFICADA PARA LA ASIGNACIÓN DE SUBSIDIOS DESTINADOS AL FINANCIAMIENTO DE PROYECTOS DE REPARACIÓN DE VIVIENDAS, CORRESPONDIENTES AL TÍTULO II, MEJORAMIENTO DE LA VIVIENDA, DEL PROGRAMA DE PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO FAMILIAR, REGULADO POR EL DS Nº 255, DE 2006, DESTINADO A LA ATENCIÓN DE LOS DAMNIFICADOS DE LA COMUNA DE PUERTO OCTAY Y DE LA PROVINCIA DE LLANQUIHUE, REGIÓN DE LOS LAGOS

Santiago, 26 de mayo de 2015.- Hoy se resolvió lo que sigue:

Núm. 3.696 exenta.

Visto:

  1. El DS Nº 255 (V. y U.), de 2006, y sus modificaciones, que regula el Programa de Protección del Patrimonio Familiar, en adelante también el Programa, en especial lo dispuesto en su artículo 13.

  2. El DS Nº 104, de Interior, de 1977, y sus modificaciones, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Título I de la ley 16.282.

  3. La resolución exenta Nº 110 (V. y U.), de fecha 8 de enero de 2015, modificada por la resolución exenta Nº 941 (V. y U.), de fecha 11 de febrero de 2015, que autoriza efectuar Llamados a Postulación para Subsidios Habitacionales en los Sistemas y Programas Habitacionales que indica, para el año 2015, entre otros, a la atención del Programa regulado por el DS Nº 255 (V. y U.), de 2006.

  4. El DS Nº 506, de Interior, de fecha 22 de abril de 2015, que señala como zonas afectadas por la catástrofe derivada de la erupción del volcán Calbuco, ocurrida el 22 de abril de 2015, a la comuna de Puerto Octay y a la provincia de Llanquihue, de la Región de Los Lagos y dispone medidas de carácter extraordinario que indica.

    Considerando:

  5. La urgente necesidad de atender a las familias damnificadas por la erupción del volcán Calbuco, ocurrida el día 22 de abril de 2015, residentes en la comuna de Puerto Octay y en la provincia de Llanquihue, Región de Los Lagos, cuyas viviendas resultaron dañadas por el peso de los materiales que expulsó el volcán y que cayó sobre ellas.

  6. Que de acuerdo al catastro realizado en la región señalada en el considerando anterior, existen familias cuyas viviendas fueron declaradas con "daño reparable leve", según la clasificación establecida en la ficha de catastro de este Ministerio, lo que implica daño en la vivienda, pero sin compromiso de su estructura, dicto la siguiente

    Resolución:

    1. - Llámese, a partir de la fecha de publicación en el Diario Oficial de la presente resolución, a postulación extraordinaria y simplificada del Programa de Protección del Patrimonio Familiar en su Título II, destinado a la atención de las familias damnificadas de la provincia de Llanquihue y de la comuna de Puerto Octay, Región de Los Lagos, para el otorgamiento de subsidios individuales destinados a financiar la adquisición de materiales para la reparación de las viviendas. El subsidio a otorgar será de un monto de $1.000.000 (un millón de pesos) para cada beneficiario afectado con "daño reparable leve" y de $1.500.000 (un millón y medio de pesos) para cada beneficiario con "daño reparable moderado", daños determinados según la ficha de Catastro de Damnificados del Minvu, este subsidio se entregará a través de una tarjeta habilitada para la compra de materiales.

      1.1 Este subsidio se asignará a las familias que cumplan con todos los requisitos que establece esta resolución, una vez que concurran a las oficinas del Serviu...

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