Resolución núm. 352 EXENTA, publicada el 21 de Abril de 2016. AUTORIZA COMERCIALIZACIÓN DE PRODUCTOS DE TABACO QUE INDICA
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE SALUD |
Rango de Ley | Resolución |
AUTORIZA COMERCIALIZACIÓN DE PRODUCTOS DE TABACO QUE INDICA
Núm. 352 exenta.- Santiago, 13 de abril de 2016.
Visto:
Lo dispuesto en el artículo 90°, inciso segundo, del Código Sanitario, aprobado por DFL N° 725 de 1967, del Ministerio de Salud; en el decreto con fuerza de ley N° 1 de 2005, del Ministerio de Salud; en el decreto supremo N° 136 de 2004, del Ministerio de Salud, Reglamento Orgánico de esta Secretaría de Estado; en el artículo 172 del decreto ley N° 828, de 1974, del Ministerio de Hacienda; en la ley N° 19.419, modificada por la ley N° 20.105 y ley N° 20.660, y lo establecido en la resolución N° 1.600 de 2008, de Contraloría General de la República, y
Considerando:
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Que, se ha solicitado a este Ministerio la autorización para la comercialización de productos de tabaco de las marcas Rothmans Blue (cajetilla de 20 unidades de cigarrillos), y de la marca Pall Mall (Bolsa de tabaco picado de 32 gramos y cajetilla de 10 unidades de cigarritos), todas comercializadas por la empresa British American Tobacco Chile Operaciones S.A., RUT N° 88.502.900-0.
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Que, evaluados los antecedentes aportados por dicha empresa y evacuado el informe técnico pertinente por parte de la Oficina de Tabaco de la División de Políticas Públicas Saludables y Promoción del Ministerio de Salud, se ha considerado que la solicitud en análisis es favorable.
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Que, la empresa solicitante cumple los requisitos del decreto ley N° 828, de 1974, del Ministerio de Hacienda, que Establece Normas para el Cultivo, Elaboración, Comercialización e Impuestos que Afectan al Tabaco.
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Que, la letra d), del artículo 17°, del decreto ley N° 828, de 1974, del Ministerio de Hacienda, que Establece Normas para el Cultivo, Elaboración, Comercialización e Impuestos que afectan al Tabaco, dispone como requisito para la comercialización de productos de tabaco la obtención de una resolución del Ministerio de Salud para que dichos productos puedan ser extraídos de la aduana o de las fábricas, según corresponda.
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Que, conforme y en mérito de lo anterior, dicto la siguiente,
Resolución:
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Autorízase a la empresa British American Tobacco Chile Operaciones S.A., para la...
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