Resolución núm. 3504 EXENTA, publicada el 28 de Abril de 2020. AMPLÍA Y ESTABLECE NUEVAS DISPOSICIONES PARA EL OTORGAMIENTO DE ACREDITACIONES, PARA MANIPULADORES EXTRANJEROS DE ARTIFICIOS PIROTÉCNICOS, PRODUCTOS QUÍMICOS Y EXPLOSIVOS - MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 843987938

Resolución núm. 3504 EXENTA, publicada el 28 de Abril de 2020. AMPLÍA Y ESTABLECE NUEVAS DISPOSICIONES PARA EL OTORGAMIENTO DE ACREDITACIONES, PARA MANIPULADORES EXTRANJEROS DE ARTIFICIOS PIROTÉCNICOS, PRODUCTOS QUÍMICOS Y EXPLOSIVOS

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Rango de LeyResolución

AMPLÍA Y ESTABLECE NUEVAS DISPOSICIONES PARA EL OTORGAMIENTO DE ACREDITACIONES, PARA MANIPULADORES EXTRANJEROS DE ARTIFICIOS PIROTÉCNICOS, PRODUCTOS QUÍMICOS Y EXPLOSIVOS

Núm. 3.504 exenta.- Santiago, 6 de agosto de 2019.

Vistos:

  1. Lo dispuesto en el artículo 103 de la Constitución Política de la República.

  2. Lo dispuesto en la ley Nº 19.880, que establece las bases de los procedimientos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado.

  3. Las atribuciones conferidas por la ley 17.798, sobre "Control de Armas".

  4. Lo establecido en el Art. Nº 309 letra h), del Reglamento Complementario de la ley Nº 17.798, sobre "Control de Armas".

  5. El decreto Nº 83, de 2008, del Ministerio de Defensa Nacional, que aprueba el Reglamento Complementario de la Ley 17.798 sobre "Control de Armas".

    Considerando:

  6. La necesidad de regular y actualizar nuestra actual legislación, que no considera aspectos esenciales sobre las normativas vigentes para desempeñar trabajos en el país para ciudadanos extranjeros en lo referente a la Ley sobre "Control de Armas", específicamente como manipuladores de artificios pirotécnicos, de explosivos y productos químicos.

  7. Lo propuesto por el Departamento de Control de Armas y Explosivos de la Dirección General de Movilización Nacional.

    Resuelvo:

  8. A contar de la fecha de la presente resolución, los requerimientos de acreditación y certificación de autorizaciones para desempeñarse en el país, como manipuladores de artificios pirotécnicos, productos químicos y explosivos, deberán presentarse en la Autoridad Fiscalizadora donde se realizará la actividad y se deberán acompañar los siguientes antecedentes:

    - Carta solicitud de la persona natural o jurídica, indicando lugar del espectáculo pirotécnico o faena donde se desempeñarán los profesionales o técnicos extranjeros.

    -...

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