Resolución núm. 350 EXENTA, publicada el 07 de Diciembre de 2021. DECLARA SUSPENSIÓN DE REMATES PRESENCIALES EN LAS UNIDADES DE CRÉDITO DEL PAÍS PARA EL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO 2021 - MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 878825807

Resolución núm. 350 EXENTA, publicada el 07 de Diciembre de 2021. DECLARA SUSPENSIÓN DE REMATES PRESENCIALES EN LAS UNIDADES DE CRÉDITO DEL PAÍS PARA EL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO 2021

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
Rango de LeyResolución

DECLARA SUSPENSIÓN DE REMATES PRESENCIALES EN LAS UNIDADES DE CRÉDITO DEL PAÍS PARA EL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO 2021

Santiago, 1 de diciembre de 2021.- Hoy se resolvió lo que sigue:

Núm. 350 exenta.

Vistos:

  1. La ley Nº 18.575, sobre bases generales de la administración del Estado.

  2. La ley Nº 19.880, sobre bases de los procedimientos administrativos.

  3. El decreto con fuerza de ley Nº 16 de 1986, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, Subsecretaría del Trabajo, que fija texto refundido, sistematizado y coordinado sobre las disposiciones legales relativas a la Dirección General del Crédito Prendario.

  4. El decreto Nº 6.465, de 1951, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el reglamento de préstamos de la Dirección General del Crédito Prendario.

  5. Las resoluciones Nº 6 y Nº 7 del año 2019, y la resolución Nº 16 de 2020, todas de la Contraloría General de la República.

    Considerando:

  6. El dictamen Nº 3.610, de la Contraloría General de la República, de fecha 17 de marzo de 2020, sobre las medidas de gestión que pueden adoptar los órganos de la administración del Estado a propósito del brote de COVID-19.

  7. La resolución exenta Nº 106, de la Dirección General del Crédito Prendario, de fecha 18 de marzo de 2020, que autoriza la modalidad flexible de organización de trabajo para los funcionarios que se indica y establece medidas a propósito del brote de COVID-19.

  8. La resolución exenta Nº 198, de la Dirección General del Crédito Prendario, de fecha 17 de junio de 2021, que deja sin efecto la resolución exenta Nº 327 del 28/08/2020 de este origen y autoriza la exención de control horario y modalidad de trabajo remoto para los funcionarios que se indican.

  9. La resolución exenta Nº 112, de fecha 25 de marzo de 2020, que declara la suspensión de remates en las unidades de crédito del país, por los meses de marzo y abril, ambos de 2020.

  10. La resolución exenta Nº 154, de fecha 27 de abril de 2020, que declara la suspensión de remates en las unidades de crédito del país, para el mes de mayo de 2020.

  11. La resolución exenta Nº 195, de fecha 29 de mayo de 2020, que declara la suspensión de remates en las unidades de crédito del país, para el mes de junio de 2020.

  12. La resolución exenta Nº 233, de fecha 24 de junio de 2020, que declara la suspensión de remates en las unidades de crédito del país, para el mes de julio de 2020.

  13. La resolución exenta Nº 277, de fecha 24 de julio de 2020, que declara la suspensión de remates en las unidades de crédito del...

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