Resolución núm. 3363 EXENTA, publicada el 02 de Octubre de 2018. APRUEBA CRITERIOS DE HABILITACIÓN Y CONDICIONES PARA LA ADMISIÓN A LA EDUCACIÓN SUPERIOR DEL PROGRAMA DE ACCESO A LA EDUCACIÓN SUPERIOR 'PACE', PROCESO DE ADMISIÓN AÑO 2019 - MINISTERIO DE EDUCACIÓN - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 741231669

Resolución núm. 3363 EXENTA, publicada el 02 de Octubre de 2018. APRUEBA CRITERIOS DE HABILITACIÓN Y CONDICIONES PARA LA ADMISIÓN A LA EDUCACIÓN SUPERIOR DEL PROGRAMA DE ACCESO A LA EDUCACIÓN SUPERIOR 'PACE', PROCESO DE ADMISIÓN AÑO 2019

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE EDUCACIÓN
Rango de LeyResolución

APRUEBA CRITERIOS DE HABILITACIÓN Y CONDICIONES PARA LA ADMISIÓN A LA EDUCACIÓN SUPERIOR DEL PROGRAMA DE ACCESO A LA EDUCACIÓN SUPERIOR "PACE", PROCESO DE ADMISIÓN AÑO 2019

Núm. 3.363 exenta.- Santiago, 9 de julio de 2018.

Vistos:

Lo dispuesto en los artículos , y 19 Nº10 de la Constitución Política de la República, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto supremo Nº 100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República; en el DFL Nº 1-19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la ley Nº 18.956, que reestructura el Ministerio de Educación Pública; en la ley Nº 19.880, de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en el DFL Nº 2, de 2009, del Ministerio de Educación, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 20.370, con las normas no derogadas del DFL Nº 1, de 2005, de la misma Cartera de Estado; en la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón; en la ley Nº 21.053, de Presupuestos del Sector Público para el año 2018, modificada por el decreto Nº 35, de 2018, del Ministerio de Hacienda; en la resolución exenta Nº 680, de 2015, modificada por la resolución exenta Nº 1.107, de 2018, ambas de la Subsecretaría de Educación, que Establece el Programa de Acceso a la Educación Superior; y en la resolución exenta Nº 4.498, de 2017, del Ministerio de Educación, que Aprueba Términos de Referencia, Orientaciones Técnicas y Manual de Gastos del Programa de Acceso a la Educación Superior "PACE";

Considerando:

  1. Que, el Ministerio de Educación es la Secretaría de Estado responsable de fomentar el desarrollo de la educación en todos sus niveles y modalidades, propendiendo a asegurar la calidad y la equidad del sistema educativo.

  2. Que, el Programa de Acceso a la Educación Superior nace con la finalidad de garantizar el acceso a la educación superior, reducir la segregación, aumentar la equidad e inclusión, a fin de propender a un país más integrado social y culturalmente.

  3. Que, mediante la resolución exenta Nº 680, de 2015, modificada por la resolución exenta Nº 1.107, de 2018, ambas de la Subsecretaría de Educación, se estableció el Programa de Acceso a la Educación Superior "PACE".

  4. Que, los Términos de Referencia del Programa de Acceso a la Educación Superior "PACE", que establecieron las condiciones de implementación del referido programa, en el punto 2. Especificaciones Técnicas, numeral 2.1 Primer Componente: Preparación en la Enseñanza Media, Subcomponente 1.3: Exploración Vocacional y Admisión a la Educación Superior, se señala que dentro de este último se incluye la entrega de cupos garantizados en las carreras y programas de la oferta académica de las Instituciones de Educación Superior que participan del PACE, a los estudiantes que aprueben satisfactoriamente la etapa de preparación del Programa durante la enseñanza media, rindan la PSU y egresen de un establecimiento educacional PACE en el 15% de mejor puntaje ranking de notas a nivel nacional o de su establecimiento.

  5. Que, a fin de determinar los estudiantes elegibles para postular y acceder a los cupos garantizados por el Programa PACE en la educación superior, resulta necesario aprobar los criterios de habilitación para participar del proceso de postulación, así como las condiciones de admisión a la Educación Superior que deberán ser considerados para el Proceso de Admisión 2019.

Resuelvo:

Artículo primero

Apruébense los criterios de habilitación para la postulación a los cupos garantizados...

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