Resolución núm. 3329 EXENTA, publicada el 27 de Agosto de 2022. SUSPENDE ASIGNACIÓN POR TRAMO DE DESARROLLO PROFESIONAL CONFORME A LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 19 P E INCISO FINAL DEL 88 C DEL DECRETO CON FUERZA DE LEY Nº 1, DE 1996, DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, SEGÚN CORRESPONDA - MINISTERIO DE EDUCACIÓN - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 909481031

Resolución núm. 3329 EXENTA, publicada el 27 de Agosto de 2022. SUSPENDE ASIGNACIÓN POR TRAMO DE DESARROLLO PROFESIONAL CONFORME A LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 19 P E INCISO FINAL DEL 88 C DEL DECRETO CON FUERZA DE LEY Nº 1, DE 1996, DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, SEGÚN CORRESPONDA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE EDUCACIÓN
Rango de LeyResolución

SUSPENDE ASIGNACIÓN POR TRAMO DE DESARROLLO PROFESIONAL CONFORME A LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 19 P E INCISO FINAL DEL 88 C DEL DECRETO CON FUERZA DE LEY Nº 1, DE 1996, DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, SEGÚN CORRESPONDA

Núm. 3.329 exenta.- Santiago, 29 de julio de 2022.

Visto:

Lo dispuesto en el decreto con fuerza de ley Nº 1-19.653 que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la ley Nº 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la administración del Estado; en la ley Nº 18.956, que reestructura el Ministerio de Educación Pública; en la ley Nº 20.903 que crea el Sistema de Desarrollo Profesional Docente y modifica otras normas; en la ley Nº 21.272, que suspende la realización de la Evaluación Docente, para el año 2020, debido a la pandemia mundial de COVID-19; en la ley Nº 21.373, que suspende la realización de la Evaluación Docente, por el año 2021, debido a la pandemia mundial de COVID-19; en la ley Nº 19.628, sobre protección a la vida privada; en el decreto con fuerza de ley Nº 1, de 1996, Ministerio de Educación que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 19.070, que aprobó el Estatuto de los Profesionales de la Educación, y de las leyes que la complementan y modifican; en el decreto con fuerza de ley Nº 2, de 1998, del Ministerio de Educación; en el decreto ley Nº 3.166, de 1980, del Ministerio de Educación; en el oficio ordinario Nº 010/382, de 2022, de la jefa del Centro de Perfeccionamiento, Experimentación e Investigaciones Pedagógicas; en la Minuta Nº 20, de 2022, de la Coordinadora del Área de Carrera Docente del Centro de Perfeccionamiento, Experimentación e Investigaciones Pedagógicas y en la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón; y,

Considerando:

  1. Que, la ley Nº 20.903 modificó, entre otras normas, al decreto con fuerza de ley Nº 1, de 1996, del Ministerio de Educación, en adelante Estatuto Docente y creó un Sistema de Desarrollo Profesional Docente, el que tiene por objeto reconocer y promover el avance de los profesionales de la educación a que se refiere dicha norma, hasta un nivel esperado de desarrollo profesional;

  2. Que, este Sistema está...

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