Resolución núm. 3328 EXENTA, publicada el 18 de Agosto de 2022. FIJA NÓMINA DE LOS PROFESIONALES DE LA EDUCACIÓN DEL SECTOR PARTICULAR SUBVENCIONADO Y DE LOS ESTABLECIMIENTOS REGIDOS POR EL DECRETO LEY Nº 3.166, DE 1980, DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, QUE EJERCIERON EL DERECHO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO QUINTO TRANSITORIO DE LA LEY Nº 20.903 Y EN EL ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO DE LA LEY Nº 21.152 - MINISTERIO DE EDUCACIÓN - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 909034566

Resolución núm. 3328 EXENTA, publicada el 18 de Agosto de 2022. FIJA NÓMINA DE LOS PROFESIONALES DE LA EDUCACIÓN DEL SECTOR PARTICULAR SUBVENCIONADO Y DE LOS ESTABLECIMIENTOS REGIDOS POR EL DECRETO LEY Nº 3.166, DE 1980, DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, QUE EJERCIERON EL DERECHO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO QUINTO TRANSITORIO DE LA LEY Nº 20.903 Y EN EL ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO DE LA LEY Nº 21.152

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE EDUCACIÓN
Rango de LeyResolución

FIJA NÓMINA DE LOS PROFESIONALES DE LA EDUCACIÓN DEL SECTOR PARTICULAR SUBVENCIONADO Y DE LOS ESTABLECIMIENTOS REGIDOS POR EL DECRETO LEY Nº 3.166, DE 1980, DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, QUE EJERCIERON EL DERECHO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO QUINTO TRANSITORIO DE LA LEY Nº 20.903 Y EN EL ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO DE LA LEY Nº 21.152

Núm. 3.328 exenta.- Santiago, 29 de julio de 2022.

Visto:

Lo dispuesto en el decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la ley Nº 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; en la ley Nº 18.956, que reestructura el Ministerio de Educación Pública; en la ley Nº 20.903, que crea el Sistema de Desarrollo Profesional Docente y modifica otras normas; en la ley Nº 21.152, que mejora el ingreso de docentes directivos al Sistema de Desarrollo Profesional Docente, modifica diversos cuerpos legales y establece los beneficios que indica; en el decreto con fuerza de ley Nº 1, de 1996, del Ministerio de Educación, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 19.070, que aprobó el Estatuto de los Profesionales de la Educación, y las leyes que la complementan y modifican; en la resolución exenta Nº 5.135, de 2020, de la Subsecretaría de Educación, que asigna cupos de ingreso al Sistema de Desarrollo Profesional Docente para los profesionales de la educación del sector particular subvencionado y establecimientos regidos por el decreto ley Nº 3.166, de 1980, de conformidad al párrafo tercero transitorio de la ley Nº 20.903 y fija lista de establecimientos educacionales que postularán a los cupos del año 2021; en el Ord. Nº 010/374, de 2022, de la Jefa del Centro de Perfeccionamiento, Experimentación e Investigaciones Pedagógicas del Ministerio de Educación; en la minuta Nº 19, de 2022, de la Coordinadora del Área de Carrera Docente del Centro de Perfeccionamiento, Experimentación e Investigaciones Pedagógicas del Ministerio de Educación y en la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón;

Considerando:

  1. - Que, la ley Nº 20.903, en adelante "la Ley", creó el Sistema de Desarrollo Profesional Docente, modificando el decreto con fuerza de ley Nº 1, de 1996, del Ministerio de Educación, en adelante "el Estatuto", regulando el ingreso de los profesionales de la educación a dicho Sistema;

  2. - Que, el Título III del Estatuto regula el Sistema de Desarrollo Profesional Docente, señalando que éste...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR